A pesar de los constantes avisos, hay personas que todavía se resisten y desobedecen el estado de alarma y quebrante la cuarentena. En esta ocasión, para bañarse en la playa de Las Canteras. Efectivos de la Unidad Militar de Emergencias (UME), que se encontraban patrullando en el paseo hallaron esta violación en la norma tomada para luchar contra la propagación del coronavirus Covid-19 y sacó al infractor del agua.

Pero no fue el único. Un vecino grabó desde su casa como dos individuos paseaban por El Confital, que además de romper el confinamiento, este paseo no fue de forma individual.

Además, un hombre se ha lanzado al mar en Arrecife, en la zona del parque Islas Canarias. Hasta el lugar se han desplazado varios agentes de la Policía Local, dos de ellos se han lanzado al mar para sacarlo del agua.

34 ciudadanos acaban detenidos por incumplir la cuarentena en Canarias

Las fuerzas de seguridad han endurecido los controles para sancionar a aquellos que incumplen la cuarentena que desde la noche del pasado sábado se impuso por la pandemia del coronavirus. Desde entonces hasta el pasado viernes, 34 ciudadanos han sido detenidos en Canarias, apuntó la Delegación del Gobierno. Esta cifra aumenta a 350 en todo el país. Una cifra que ha aumentado durante este fin de semana.

Desde 100 euros de multa hasta penas de cárcel por salir de casa

Por las dudas que genera qué está permitido o no, la Guardia Civil ha recalcado los actos que suponen una infracción mientras esté en vigor el decreto de alarma en España por la crisis sanitaria del coronavirus Covid- 19. Una cuestión que se ha preguntando mucha gente es si se puede circular en el vehículo ocupado con un acompañante. Este supuesto no está permitido. "Tanto a pie como en vehículo solo se permiten los desplazamientos individuales en los supuestos establecidos en el artículo 7 del R.D. por el que se declara el estado de alarma, salvo para acompañar a personas con discapacidad o por causa justificada" ha comunicado la benemérita.

También el Centro de Coordinación y Emergencias del Gobierno de Canaria (112) ha informado a través de su cuenta de Twitter de los supuestos por los que se puede circular por la vías de uso público, con independencia de si se utiliza transporte o no:

  • Para adquirir alimentos, productos farmacéuticos o de primera necesidad.
  • Asistencia a centros sanitarios.
  • Desplazamientos al lugar de trabajo y retorno a la residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o vulnerables.
  • Desplazamientos a entidades financieras.
  • Por causa mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier actividad de similar naturaleza, siempre que se pueda justificar.

Sanciones por incumplimiento

Incumplir las medidas incluidas en el decreto ante la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 puede acarrear estas sanciones para los ciudadanos.

El listado de sanciones que manejan fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado se apoya en cuatro normas: la Ley de seguridad ciudadana, conocida como ley mordaza; la de salud pública; la de protección civil y el Código Penal.

Quienes incumplan las medidas establecidas podrán enfrentarse, por ejemplo, a sanciones de entre 100 y 600 euros por retirar una valla o precinto; de hasta 30.000 euros por negarse a identificarse ante un agente o de hasta 60.000 por conductas que pongan en grave riesgo la salud de la población.

El delito de desobediencia a los agentes de la autoridad o al personal de seguridad privada se castiga con pena de uno a tres meses de cárcel. El de atentado prevé penas de hasta cuatro años de prisión (y el personal sanitario se incluye entre los agentes de autoridad a esos efectos).

Fuentes de Interior han indicado que los agentes de los diferentes cuerpos actuarán siempre desde el principio de proporcionalidad.

Desde el Gobierno aseguran que en el decreto no se ha hecho especial énfasis en el régimen sancionador, ya que las condiciones de la declaración del estado de alarma no responden a un escenario de disturbios o conflicto en la calle.

El Ejecutivo confía en el civismo y la responsabilidad de la ciudadanía, por lo que no se han querido regular al detalle las posibles sanciones, que quedan limitadas a lo previsto en la ley sobre el estado de alarma de 1981 y su concreción en la Ley de seguridad ciudadana.

Es una crisis sanitaria y no de seguridad, insisten desde el Gobierno, por lo que las sanciones por el incumplimiento de las normas decretadas se tratarán conforme a las leyes ordinarias que ya contemplan delitos como el de desobediencia para los casos más extremos.