La reforma del Registro Civil, que conllevará la desaparición de las oficinas registrales de los municipios con menos de 50.000 vecinos, va ligada a la más que posible desaparición de los Juzgados de Paz ya que, si eliminan estas competencias, "quedarán vacíos de competencias porque en el ámbito Civil su ejercicio es testimonial y en el Penal se les ha retirado las competencias para celebrar juicios de faltas, así que quedarán como meros tramitadores de notificaciones", apunta el magistrado que está al frente del Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife, Juan Luis Lorenzo Bragado.

No obstante, el también decano de los jueces de la capital tinerfeña admitió sus reservas a que la ley entre en vigor en junio y apuntó a una "nueva prórroga" porque "se desconoce qué proyecto de ley será el que se ponga en marcha después de las modificaciones que se han hecho desde 2011, aunque ninguna de estas varía el modelo organizativo del Registro Civil", aclaró. Añadió que "si al final entra en vigor la ley tal y como está ahora daría lugar a la supresión de las oficinas del Registro Civil de los Juzgados de Paz".

La estructura del Registro Civil que está prevista en la ley, tal y como explica el magistrado, "funcionará a través de oficinas de carácter autonómico y, en el caso del Archipiélago, se prevé que hayan oficinas insulares". Con todo, el decano de los jueces de Santa Cruz de Tenerife recuerda que la ley aprobada en 2011 prevé que exista una única de Registro Civil único, mientras que "las oficinas que permanezcan abiertas lo harán con carácter funcional y no a efectos de atención al público. Se encargarán de llevar a cabo la labor del Registro Civil que será finalmente telemática".

"El salto que se va a producir entre el Registro Civil que han conocido los ciudadanos hasta la fecha con el que quede tras la reforma "supondrá un salto impresionante" porque "hasta la fecha la atención al ciudadano ha sido muy directa e inmediata y se pasará a un Registro telemático", avanzó.

Lorenzo Bragado recordó que hasta la fecha solo se ha producido un único avance en el sistema telemático de los Registros: la comunicación de los nacimientos por parte del centro hospitalario. Sin embargo, en las ocasiones en las que falta documentación o hay incidencias, este tipo de trámites acaban gestionándose también de forma presencial en las oficinas del Registro. Por contra, la comunicación de defunciones se sigue realizando mediante comparecencia de familiares en la funeraria y los matrimonios se tramitan en el Registro.

No obstante, el magistrado incidió en que "la ley tal y como está no puede llevarse a cabo pues haría falta contar con un reglamento de aplicación así como un desarrollo de las infraestructuras" que permitan el acceso de los ciudadanos a este servicio público.