Publicar informaciones sobre un procedimiento judicial al que se le ha declarado secreto de sumario no estaría penalizado por ley siempre y cuando los datos no se hayan obtenido del sumario, sino por otras vías, indicó el presidente de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, José Ramón Navarro Miranda, durante su intervención en las III Jornadas sobre Prensa y Justicia que finalizaron ayer en la ULL.

Navarro Miranda, durante el foro dedicado a "Los juicios paralelos", explicó que el sumario de un procedimiento judicial siempre es secreto para todo el mundo por propia disposición legal, y que cuando se declara el secreto es para ampliarlo a las partes.

La razón de que exista esta técnica judicial reside, según el Tribunal Constitucional, en que "se pretende garantizar que la investigación se desarrolle bien y se obtenga la verdad, que se podría estar contaminando si se difunde. Esta justificación es ampliada por el Tribunal Supremo, que indica que así se defienden también algunos derechos de los propios encausados, como los del honor, la propia imagen y a la intimidad", detalló Navarro.

"El Código Penal -continuó- establece una serie de penas para los que vulneren el secreto sumarial, pero el Tribunal Supremo ha entendido que esta vulneración se produce cuando se accede al sumario, no cuando se cuenta en los medios de comunicación lo que se está investigando. Es decir, si un testigo ha presenciado un delito que está bajo secreto de sumario y lo cuenta a la prensa, no se está vulnerando el secreto de sumario porque su fuente de conocimiento no son las actuaciones judiciales".

Para Navarro, tal y como se entiende en la actualidad el secreto de sumario, hace que este "quede un poco desamparado", por lo que abogó por "proteger un poco más el secreto sumarial e impedir que se divulguen cuestiones que son objeto de investigación".

En este sentido, "nuestro ordenamiento jurídico, aunque ofrece la posibilidad de incomunicación del imputado, no tiene medios para evitar las filtraciones, a diferencia de otros países, como Alemania, Portugal y Francia, entre otros, que establecen medidas para impedirlo. Ahora mismo, el organismo judicial lo que hace es reaccionar ante las filtraciones, pero no tiene un sistema para evitarlo", señaló.

Navarro hizo hincapié en que cuando se viola el secreto sumarial el perjudicado no es tanto el órgano judicial como el implicado, quien solo tendrá posibilidad de emprender acciones legales por injurias y calumnias o pedir el derecho a hablar cuando cree que se le ha lesionado.

Pero las filtraciones también pueden ser nocivas para la Administración de Justicia, pues puede afectar a la imparcialidad del órgano judicial que va a dictar una resolución. "Si un tribunal está viendo un juicio paralelo constante que es debatido en todos los medios de comunicación puede afectar a la formación de su convicción. Pese a que los miembros de los tribunales estamos más habituados y formados para que no nos influyan, un juez no está en una pecera; es un miembro de la sociedad como cualquier otra persona y está filtrando, de forma consciente o inconsciente, todo lo que llega desde fuera".

Por estos motivos, José Ramón Navarro sugirió a los medios de comunicación: "Antes de publicar la noticia se debe investigar".

Navarro también destacó que la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se remitió a las Cortes antes de disolverse preveía unas posibilidades de actuación, como "la prohibición de difundir imágenes de una persona en el momento de ser detenida y que fuera el Ministerio Fiscal el que indicara a la prensa cuál era el caso concreto y lo que se puede publicar sin perjudicar a los citados derechos".