Avisan del peligro de acogerse a la jubilación anticipada

Aunque muchos trabajadores barajan la opción de acogerse a este tipo de jubilación, esta decisión puede suponer una reducción en sus pensiones

La nueva edad para solicitar la jubilación a partir del 1 de enero de 2024

PI Studio

Con una población cada vez más envejecida, es normal que miles las personas trabajadoras estén pensando en jubilarse. Llegar a la edad establecida y con las condiciones necesarias para obtener la jubilación completa requiere de un gran esfuerzo para quienes ven mermadas sus condiciones físicas con la edad.

Para ellos, existe la opción de la jubilación anticipada, aunque tomar esta decisión no es nada fácil, ya que puede suponer una reducción de su pensión.

Antes de tomar la decisión definitiva, es mejor informarse bien y tener claro cuál es la retribución que percibirán, si perderán mucho dinero o si es mejor aguantar un par de años más en el puesto de trabajo antes de jubilarse. Sin duda, el verdadero objetivo es vivir una jubilación tranquila y con capacidad económica.

Edad de jubilación

La edad ordinaria de jubilación en España se ha ido modificando con el paso de los años hasta alcanzar, en la actualidad, los 66 años y cuatro meses para aquellos individuos que no cuenten con una cotización mínima de 37 años y nueve meses.

La meta establecida es que para el año 2027 esta edad alcance los 67 años para quienes no hayan cotizado al menos 38 años y seis meses, mientras que aquellos que cumplan con este requisito podrán jubilarse a los 65 años.

La variación en la edad ordinaria de jubilación tiene repercusiones directas en la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada. A medida que la edad de jubilación ordinaria aumenta, también lo hace la opción de jubilación anticipada, aunque la reducción en las pensiones asociada con esta elección hace que sea una decisión que los trabajadores consideren detenidamente.

Avisan del peligro de acogerse a la jubilación anticipada.

Avisan del peligro de acogerse a la jubilación anticipada. / E. D.

Proceso

La Seguridad Social ha detallado el procedimiento para que un trabajador pueda acogerse a la jubilación anticipada.

Este proceso está condicionado al periodo de cotización registrado por el trabajador. En caso de no cumplir con el mínimo requerido, se establece una edad a partir de la cual se puede jubilar. Este requisito es uno de los cuatro que debe cumplir un trabajador para jubilarse, por ejemplo, a los 63 años. Para este año, la cotización mínima es de 37 años y 9 meses.

Si el trabajador tiene menos de esos años cotizados, no puede acceder al 100% de la pensión hasta que alcance los 66 años y 4 meses de edad, a menos que existan excepciones específicas.

Para determinar la cantidad total que recibirá una persona que se acoja a la jubilación anticipada, habiendo cumplido los requisitos necesarios, es necesario aplicar el coeficiente reductor correspondiente por cada mes o fracción de mes que falte al trabajador para alcanzar la edad legal de jubilación en el momento del hecho causante.

Estos cambios en las edades de jubilación y los requisitos asociados son parte de las medidas implementadas para adaptar el sistema de pensiones a las dinámicas demográficas y económicas en evolución.