Las medidas de gracia para personas condenadas por prácticas corruptas, casos de violencia de género o delitos flagrantes contra la Seguridad Vial, así como también a quienes atentan contra el medio ambiente o intentan sustraerse a las obligaciones con la Hacienda Pública, siempre provocan un especial rechazo entre la opinión pública y esas sensibilidades contrarias se hacen visibles.

Los indultos a personas condenadas por delitos de corrupción, violencia de género o seguridad vial, también aquellos contra el medioambiente o la Hacienda Pública, siempre provocan un especial rechazo en la opinión pública. Esa sensibilidad social hacia el ejercicio del indulto se manifiesta en ocasiones en forma de presión popular o también de alarma social.

Lo cierto es que si como reza el enunciado del artículo 11 de la ley, los indultos se dan por «justicia, equidad y utilidad pública» sería bastante improbable encontrar factores que condicionaran la concesión de esta medida de gracia, pero la realidad informa de lo contrario. Además, los partidos en el Gobierno, esto es, PSOE y PP, evitan aplicar clemencia en los periodos cercanos a un proceso electoral, acaso por la hipotética influencia que estos actos podrían provocar en las urnas.

Algunos casos de indultados en Canarias han tenido una repercusión mediática que está ligada a la preeminencia social y política de las personas condenadas, o bien a la propia naturaleza impopular de la sentencia.

El calvario de Floreal.

El 30 de mayo de 1991, Rafael Lis-Estévez, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dictó auto de prisión incondicional, por un presunto delito de malversación de fondos públicos cifrado en 37.960.000 pesetas, contra Víctor Floreal. El exdirector general de Deportes del Gobierno de Canarias por la Agrupación Tinerfeña de Independientes (ATI) fue condenado a 12 años de reclusión menor y seis de inhabilitación absoluta por un delito continuado de malversación por importe de 57 millones. La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife también lo condenó a reintegrar a la comunidad unos 40,5 millones. En cambio, la sala absolvía a los otros 16 procesados. La audiencia consideró probado que Floreal concedió subvenciones deportivas por una cuantía superior a la solicitada, cuyos excedentes fueron ingresados en una cuenta de testaferro y en otra de carácter particular. También dio ayudas para actividades deportivas que no se realizaron.

Una abuela popular.

Josefa Hernández Góez, una mujer de 62 años con nietos a su cargo, fue condenada en 2012 a seis meses de cárcel, 720 euros de multa y el derribo de lo ilegalmente construido por ampliar su vivienda vulnerando las restricciones de encontrarse dentro de un espacio protegido, el Parque Rural de Betancuria. Josefa Hernández ingresó el prisión el lunes 23 de agosto de 2015, porque el Juzgado que la condenó (el de lo Penal número 2 de Puerto del Rosario), consideró que no merecía seguir disfrutando del beneficio de la suspensión de su condena, por haber mostrado una actitud rebelde frente a su obligación de derribar lo ilegalmente construido y por haber realizado nuevas obras en su vivienda. La Audiencia de Las Palmas corrigió esa decisión tres días más tarde, el jueves, restableció la suspensión de la condena y permitió a Hernández abandonar la prisión de Tahíche (Lanzarote). El gran apoyo popular fue un factor determinante para su indulto.

La pajarera del presidente.

Un auto de la Audiencia Provincial de Las Palmas dictado en febrero de 2018 estimó el recurso de apelación reconociendo que la condena a Miguel Ángel Ramírez llevaba prescrita desde el 22 de febrero de 2017. Se dejaba sin efecto el fallo por un delito contra la ordenación del territorio que estimó en primera instancia el Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria y posteriormente la Audiencia Provincial. Ambas sentencias entendieron que las obras que realizó Ramírez en su finca se habían llevado a cabo dentro de un espacio protegido. Pero nunca cumplió la pena de tres años de prisión. En 2013 se le concedió un indulto parcial, posteriormente anulado por el Tribunal Supremo debido a un defecto de forma, y en 2016, la Audiencia Provincial le concedió una suspensión de la pena privativa de libertad a la espera de que el Consejo de Ministros resolviera si procedía o no otorgarle la medida de gracia que se había dilatado en el tiempo. Después de una larga batalla judicial, la Audiencia Provincial acabó dando la razón al empresario y por una resolución firme decretó que las obras que derivaron en la condena inicial habían sido legales. La pajarera se mantuvo en pie.

Dimas, el buen ladrón.

El líder histórico del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) logró que se le concediera el indulto por «delito de desobediencia continuada» en febrero de 1999, pero no tuvo tanta fortuna en una petición posterior. En diciembre de 2003, el Ministerio de Justicia remitió a la Audiencia Provincial de las Palmas la decisión del Gobierno de denegarle el indulto por un delito de cohecho que le obliga a cumplir una condena de tres años de prisión y suspensión de cargo público. El ministro de Justicia, Michavila, afirmó a propósito de este caso que «la ley es igual para todos». La aplicación de la sentencia, ratificada por el Supremo, había quedado suspendida por una providencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas a la espera de que la petición de indulto fuera resuelta por el Gobierno.

En 1997, Dimas Matín fue sentenciado como autor de un delito continuado de desobediencia a la autoridad a la pena de seis meses de arresto mayor y multa de 500.000 pesetas, más suspensión de todo cargo público durante el tiempo de la condena. El BOE de 4 de febrero de 1999 publicaba su indulto para la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento. En noviembre de 2003 se le denegó un segundo indulto por delito de cohecho con pena de tres años de prisión y de inhabilitación para cargo público.