Una nueva operación de don Juan Carlos. Y una potestad personalísma del Rey que regresa a primer plano. La de abidcar. Aclarado este punto se activa el mecanismo ya trabajado en anteriores situaciones de convalencencia del Monarca. Don Juan Carlos seguirá ejerciendo sus funciones, expresadas en el artículo sesenta y dos de la constitución. El único límite lo pondrá su recuperación y el artículo 56.1. que señala que el Rey es el Jefe del Estado y que asume su más alta representación.