Síguenos en redes sociales:

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Zona del Pabellón de Deportes de la capital.E. D.

Urbanismo aprueba la ordenanza que permite la obra del Palacio de Deportes

Los trabajos supondrán una inversión de 17 millones de euros e incluyen la demolición de la zona anexa al Pabellón Quico Cabrera

El Consejo Rector de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz dio ayerel visto bueno definitivo a la ordenanza provisional que permitirá licitar, por casi 17 millones de euros, la reforma y ampliación del Palacio Municipal de Deportes. El siguiente paso será la aprobación de la norma por parte del pleno de la Corporación local, lo que se prevé que ocurra el viernes 27 de mayo. Así lo ha explicado el edil de Urbanismo, Guillermo Díaz Guerra, del PP.

El Consistorio chicharrero, a través de esta ordenanza, modificará la ordenación vigente, es decir, la adaptación básica de 2005 del Plan General de Ordenación (PGO) de 1992, pues ésta impide que los trabajos, adjudicados a la empresa Go Fit Andalucía desde hace ya más tres de años, se puedan llevar a cabo. Éstos consisten, principalmente, en la demolición de toda la zona anexa al Pabellón Quico Cabrera, que incluye la Piscina David González, el Pabellón Paco Álvarez, las pistas de tenis y la construcción que se encuentra inacabada, para levantar un nuevo complejo deportivo, que tendrá pabellón, piscinas, fitness, pistas de squash y parking, entre otras instalaciones.

La adjudicación de este proyecto ha tenido que enfrentarse a numerosas vicisitudes, con procedimiento judicial incluido, y cuando ya parecía que todo se había resuelto, las obras de ampliación del Palacio de Deportes, que transformarán toda la manzana deportiva de Tomé Cano, recibieron un nuevo varapalo, la anulación del PGO de 2013 y la entrada en vigor de la adaptación básica de 2005 del PGO de 1992.

Mientras que el plan de 2013 fijaba para la parcela del pabellón la tipología «abierta dotacional», como equipamiento comunitario deportivo, para la que los parámetros de ocupación, altura y edificabilidad «eran libres», el de 1992 la califica como Sistema General de Parque Deportivo, como si fuese un parque urbano, en el que se incluye, entre otras instalaciones, el Estadio Heliodoro Rodríguez López. Esto significa que el proyecto adjudicado no podría ejecutarse, pues los parámetros urbanísticos «no están liberados» y estos tendrían que adaptarse a los límites establecidos para un parque urbano. Con la ordenanza provisional, esto se resuelve.

Esta es una noticia premium. Si eres suscriptor pincha aquí.

Si quieres continuar leyendo hazte suscriptor desde aquí y descubre nuestras tarifas.