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Santa Cruz de Tenerife permitirá que los locales comerciales se conviertan en viviendas

El Ayuntamiento aprobará de manera definitiva la nueva ordenanza municipal de Edificación en el pleno que celebrará este mes

Locales vacíos en Santa Cruz. Carsten W. Lauritsen

Los locales comerciales de Santa Cruz que se encuentren vacíos podrán convertirse en viviendas. Lo permitirá la nueva ordenanza municipal de Edificación que ha redactado la Gerencia de Urbanismo, que será aprobada de manera definitiva en el pleno que el Ayuntamiento celebrará este mes, por lo que su entrada en vigor se producirá antes de que termine el año. Así lo ha anunciado el concejal responsable del área, Carlos Tarife, del PP, quien destaca que con esta iniciativa se pretende, por un lado, dar una solución a la falta de vivienda que sufre el municipio y, por otro, dar un uso a las plantas bajas de los edificios que se encuentran abandonadas.

Eso sí, y según aclara el edil de Urbanismo, todas las actuaciones derivadas de la reforma, para el cambio de uso de local comercial a vivienda, que impliquen afección o alteración de los elementos o servicios comunes del edificio, como elementos estructurales, fachada, nuevos accesos por zonas comunes o nuevas instalaciones comunitarias, requerirán acuerdo de la Junta de Propietarios.

Asimismo, la nueva ordenanza municipal de Edificación establece que "nunca se podrá situar el nuevo uso residencial por debajo de plantas o niveles del inmueble en le que existan otros usos diferentes, excepto en las plantas bajas cuando el acceso a la nueva vivienda se realice desde un espacio independiente al resto del edificio".

Sí se podrán admitir cambios de usos en el mismo nivel, planta o rellano de un edificio compartiendo accesos con otros usos, siempre que se acrediten las debidas condiciones de aislamiento acústico y energético de las nuevas viviendas, y siempre que se trate de un inmueble que cuente con los títulos habilitantes que justifiquen dicha circunstancia.

Las nuevas viviendas que se originen deberán cumplir con las condiciones de accesibilidad "de acuerdo con las consideraciones que determina la normativa para la adecuación efectiva en edificios existentes, si bien no se exigirá ninguna medida de accesibilidad adicional que superen las ya existentes, siempre que el inmueble se haya erigido con título habilitante en base a una normativa anterior". El acceso al nuevo uso de vivienda se efectuará desde un espacio privativo perteneciente al inmueble o desde el propio espacio público, "pudiéndose admitir desde las zonas comunes del edificio".

Para la obtención del título habiltante, y según se establece en la nueva ordenanza, será requisito indispensable que en el proyecto o documentación técnica que se presente para llevar a cabo el cambio de local comercial a vivienda "se justifique debidamente el cumplimiento del aislamiento acústico respecto a locales colindantes y superiores".

La ordenanza municipal de Edificación también especifica que no se permitirán piezas habitables en sótano o semisótanos vinculados al local, ni ninguna otra pieza de la vivienda que requiera por normativa unas condiciones adecuadas de ventilación o iluminación.

Por otro lado, y para aquellos que quieran habilitar un despacho profesional en una zona de sus viviendas, la nueva normativa indica que esto no se considerará "cambio de uso", siempre y cuando "se cumpla con lo dispuesto en la normativa urbanística".

Otra de las novedades que incluye la ordenanza municipal de Edificación de Santa Cruz, según lo destaca a EL DÍA el concejal de Urbanismo, es que se podrán instalar piscinas en las azoteas de los edificios, tanto de los nuevos como de los que ya existen, "pero siempre que cuenten con proyecto técnico y con la correspondiente licencia".

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