El Consistorio abre las solicitudes para recibir la ayuda del IBI social

La medida está destinada a personas con escasos recursos y cuenta con un periodo de presentación de 30 días naturales

La calle de La Carrera, en el centro histórico de La Laguna. | | E.D.

La calle de La Carrera, en el centro histórico de La Laguna. | | E.D. / E. D.

El Boletín Oficial de la Provincia publicó ayer la convocatoria para la concesión de ayudas sociales dirigidas a vecinos de La Laguna con escasos recursos económicos y destinadas a colaborar en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) por vivienda habitual para el año 2022, más conocida como IBI social. «El Ayuntamiento renueva su compromiso con las familias laguneras y, al igual que en el ejercicio anterior, destinará ayudas de hasta 300 euros por persona solicitante», indicó en una nota de prensa.

La convocatoria, promovida por el Área de Bienestar Social, permitirá percibir ayudas equivalentes a una bonificación media superior al 99% en la cuota del Impuesto de Bienes Inmuebles de 2022, ya que, según consta en el informe del servicio de Tributos, y una vez analizada la información catastral de las distintas unidades de tributación que conforman el padrón del IBI, la media se sitúa en 301,99 euros.

«La cuantía de la ayuda será del 100% de la cuota líquida que se haya pagado en concepto de IBI de su vivienda habitual en el ejercicio anterior a la convocatoria, hasta un máximo de 300 euros», precisa el Ayuntamiento.

Las personas con escasos niveles de renta disponen de un periodo de 30 días naturales para presentar su solicitud y los requisitos incluyen ser titular de la vivienda para la que se solicita la ayuda, para lo que deberán estar empadronadas y acreditar que ha sido su residencia habitual y efectiva durante un plazo continuado de, al menos, tres años.

Asimismo, se tendrá en cuenta que el solicitante o su unidad familiar hayan sido perceptores de ayudas económicas de emergencia social por parte de los Servicios Sociales municipales y en el año natural de devengo del impuesto o, en cualquier caso, cuando los ingresos mensuales de la unidad familiar no superen el IPREM vigente, contabilizado en catorce pagas.

Además, se exime a los beneficiarios de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, conforme al artículo 13.2 e) de la Ley General de Subvenciones, atendiendo a la naturaleza social y de emergencia de estas ayudas. Esta medida de apoyo a personas con escasos niveles de renta se ha ampliado en una nueva ordenanza y bases reguladoras específicas.