La sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo sobre el denominado caso Las Teresitas es firme y, desde que el documento llegue de manera oficial a la Sección II de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, se procederá a iniciar la ejecución de la misma. Eso significa que las penas de privación de libertad y de indemnización al Ayuntamiento de la capital tinerfeña se aplicarán, independientemente de que los procesados soliciten, o no, amparo ante el Tribunal Constitucional.

La resolución establece que los perjuicios causados al Consistorio de Santa Cruz de Tenerife derivados de los delitos perpetrados por los acusados ascienden a un total de 61.748.040 euros, a los que hay que añadir los intereses generados en los últimos 13 años. De dicha cantidad global, 52.588.156 euros corresponden a la compra de los terrenos del frente de la playa que la corporación hizo a la empresa Inversiones Las Teresitas, mientras que 9.159.884 euros pertenecen a la transferencia de aprovechamiento concedida por la administración municipal a la sociedad mercantil mencionada.

Y el Ayuntamiento ya puede reclamar judicialmente la devolución de todo ese dinero.

El Tribunal Supremo, condenan a Miguel Zerolo Aguilar, Manuel Parejo Alfonso, Juan Víctor Reyes, José Tomás Martín, Antonio Plasencia Santos e Ignacio González Martín a abonar de forma solidaria al Ayuntamiento santacrucero las citadas cantidades económicas. En lo fundamental, el Tribunal Supremo (TS) ha validado la sentencia que la Audiencia Provincial de Tenerife dictó sobre este asunto el 27 de abril del 2017. De los recursos de casación planteados por los condenados, la Sala de lo Penal estimó parcialmente uno de los puntos planteados por el exsecretario delegado de la Gerencia de Urbanismo, Juan Víctor Reyes; y dos de los argumentos esgrimidos por José Tomás Martín, exgerente de dicho organismo del Ayuntamiento, en relación a la inhabilitación como funcionarios en Santa Cruz de Tenerife. También se recogió parcialmente el punto tercero del recurso planteado por las empresas Inversiones Las Teresitas, Promotora Victoria y Promotora Punta Larga, pertenecientes a Antonio Plasencia y Ignacio González. Gracias al fallo emitido por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, el dinero que tienen que devolver los procesados será menor del inicialmente previsto, ya que los intereses se contabilizarán desde el 2006, cuando se presentó la querella, y no desde 2001, cuando se cometieron los delitos.

Desde la Gerencia de Urbanismo se encargaron diferentes informes de valoración de los terrenos de Las Teresitas. Uno fue solicitado al área de Economía de la Empresa de la Universidad Carlos III, que determinó que el suelo del frente de la playa tenía un valor de 3.227,5 millones de pesetas, así como de 1.887 millones para el espacio afectado por la propuesta de Perrault para el lugar. Manuel Parejo encargó a la arquitecta municipal Pía Oramas otra valoración y esta concluye que asciende a 3.210 millones de pesetas (19.293.310 euros), en función de varias circunstancias, ya que no se había completado el desarrollo del planeamiento del área, no se había desarrollado la urbanización, no estaban entregados los terrenos de cesión obligatoria y gratuita del plan parcial o, por ejemplo, que las parcelas estaban afectadas por el dominio público-terrestre. La empresa Pool Gest hizo una valoración de 2.835 millones de pesetas. Pero Urbanismo encargó un cuarto informe a Tinsa, bajo unos condicionantes que los condenados sabían que eran falsos. Tinsa recogió dos resultados. Uno reflejaba el valor según los parámetros dados por Urbanismo, que fijaba un precio de 7.789 millones de pesetas (46,812 millones de euros). El otro lo fijó Tinsa en función del "mercado actual" y era de 3.079 millones de pesetas (18,5 millones de euros). Consciente de que el artículo 11 del Reglamento de Bienes de Entidades Locales exigía la emisión de una valoración por un funcionario público, el condenado Juan Víctor Reyes Delgado, ayudado en ocasiones por José Tomás Martín González, había ejercido una intensa presión sobre la arquitecta municipal Pía Oramas para que esta asumiera las conclusiones de las valoraciones unidas al expediente. Ante la negativa reiterada de Oramas, Víctor Reyes realizó, con la asistencia del entonces responsable del área económica del Ayuntamiento (García López de Vergara), un informe en el que se daban por buenas las hipótesis del informe de Tinsa, a pesar de que sabía que no se correspondían con la realidad.

Un crédito que generó muchas dudas

Una de las cuestiones claves del proceso está en el dinero recibido por los dos empresarios de la caja de ahorros de la provincia de Santa Cruz de Tenerife. En la sentencia se refiere que, para poder comprar los terrenos, Inversiones Las Teresitas, SL., obtuvo de la entidad CajaCanarias un préstamo hipotecario de 5.600 millones de pesetas el 26 de junio de 1998 (el mayor que había dado en su historia). El crédito fue cuestionado por el Banco de España, entre otras cosas, porque se puso en duda la existencia de una valoración razonable del proyecto. El informe de las fincas efectuada por Tinsa y tenida en cuenta para la concesión del crédito "constituía simplemente una estimación, dado que no estaba fechada" y tampoco "se había hecho ninguna comprobación urbanística por indicación expresa de la propia Caja de Ahorros".

Ignacio González, juez y parte con un testaferro

Además, los valores que en ella se hacían constar se referían al supuesto de parcelas totalmente gestionadas y urbanizadas y a falta de solicitud de licencia para empezar a construir, "situación que no se correspondía con la realidad". También incurría en error al cuantificar los metros cuadrados que se consideraban edificables. Y uno de los condenados, Ignacio González Martín, era, a la vez, propietario del 50% de Inversiones Las Teresitas y consejero de CajaCanarias. A pesar de ello, votó a favor de conceder el préstamo a su empresa, aunque en el papel figuraba como testaferro suyo Felipe Armas Jerónimo.

Las irregularidades en el préstamo las constata el Tribunal en la declaración "convincente" del empresario Amid Achí, que al principio se opuso radicalmente a otorgar el mismo y después cambió el sentido de su voto (se abstuvo) porque fue presionado para hacerlo.