El Ayuntamiento de Arico considera necesaria la revisión y modificación del Plan Insular de Ordenación del Territorio (PIOT) a fin de evitar la recalificación de suelo rústico como urbanizable en el entorno del vertedero insular. Así lo plantea en su alegación al avance del Plan Territorial Parcial de Ordenación del Complejo Ambiental y del ámbito extractivo de Guama-El Grillo, un documento que se encuentra en su segundo periodo de información pública.

El gobierno municipal entiende que las necesidades del vertedero varían en función del Plan de Ordenación de Residuos (aprobado en enero de 2009 y vigente hasta 2016), por lo que es preciso evitar el máximo de afecciones posibles a los propietarios del suelo emplazado en su proximidad.

En esa línea, Arico también propone reubicar las canteras Guama y El Grillo en parcelas que son propiedades del Cabildo de Tenerife, lo que evitaría ocupar terrenos privados.

Además, el municipio defiende la necesidad de limitar el crecimiento del vertedero dirigiéndolo al suelo emplazado más hacia el Norte, en parte de lo que se denomina corredor paisajístico, un área que suma más de un millón de metros cuadrados situada a ambos lados del complejo y que tiene por objeto lograr la continuidad ambiental y de los ecosistemas entre los paisajes de la medianía y de la costa.

En tal sentido, desde el Ayuntamiento de Arico se formula una alegación en la que solicita la reducción significativa de ese millón de metros cuadrados de corredor paisajístico al valorarla como una superficie desproporcionada respecto a la extensión total, las actividad y uso desarrollado dentro del Complejo Ambiental.

Es más, se plantea la reclasificación de parte de ese espacio de forma que tenga categoría de área industrial y suelo urbanizable no ordenado. Es decir, con ciertas limitaciones pero con aprovechamiento.

Esta infraestructura está contemplada en el PIOT como una Operación Singular Estructurante y el avance del Plan Territorial Parcial de Ordenación que se encuentra en exposición no es el documento que determina qué es lo que se instala en el Complejo Ambiental, sino el uso de la superficie que ocupa.