La Sala Primera del Tribunal Supremo (TS) estimó, en sentencia emitida el pasado día 10, un recurso de casación de Ausbanc contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, Sección Tercera, por la que un matrimonio de Granadilla de Abona recupera 20.000 euros por un producto bancario que suscribieron.

Al tiempo, el TS desestimó el recurso de apelación interpuesto por Caja Insular de Ahorros de Canarias (hoy Bankia) contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Granadilla de Abona confirmando la misma.

El matrimonio suscribió un contrato de permuta financiera de tipos de interés con la citada entidad por un importe nocional de 200.000 euros, en la confianza de que firmaban un producto de cobertura frente a las subidas de tipos de interés que afectaban a un préstamo hipotecario que tenían contratado, indica Ausbanc. Fue tras recibir liquidaciones negativas y haber reclamado extrajudicialmente a la entidad cuando optaron por la demanda judicial. Finalmente recuperan unos 20.000 euros.

La Sala considera, entre otras cosas, que no es correcto que la Audiencia Provincial admita que la información que suministre la entidad bancaria ponga de relieve los aspectos positivos del producto y que las advertencias sobre los riesgos quede relegada a un segundo plano.