El fiscal ha rebajado de delito de homicidio por imprudencia a falta por imprudencia leve su petición para los dos policías nacionales que acompañaron a un nigeriano que falleció cuando era deportado en avión en junio de 2007.

A esta propuesta definitiva de calificación de hechos por parte de la Fiscalía se ha sumado la defensa de los agentes durante la vista oral celebrada hoy en la sección séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche.

Aunque en el juicio ha estado presente el abogado de la acusación particular en representación legal de personas del entorno familiar del fallecido, el tribunal no ha permitido a ésta la posibilidad de actuación jurídica al no haber quedado acreditado el grado de parentesco de las mismas con la víctima.

La declaración de los forenses y los peritos en la prueba pericial ha sido clave para que la Fiscalía retirara su petición de tres años de prisión para los dos policías por un supuesto delito de homicidio por imprudencia.

Los médicos han expuesto en la vista que la muerte del ciudadano nigeriano se debió a un aumento de catecolaminas -neurotransmisores relacionados con el estrés- unido a un déficit de oxígeno por la presión atmosférica en el interior del avión y a la ansiedad que le generaba al detenido tener cinta adhesiva en su boca.

"Fue un circulo vicioso" de factores, han expuesto los forenses, quien no han podido determinar el grado de intervención de cada una de estas circunstancias en el fallecimiento del nigeriano.

A preguntas de las partes, los forenses han subrayado que, a pesar de la cinta adhesiva, la víctima, Osamuyi Akpitaye, de 23 años, "podía seguir respirando".

Los agentes, que declararon -según se ha conocido hoy a través de sus defensas- en una vista celebrada el pasado abril, fijaron cinta adhesiva al joven tanto en su rostro como en sus extremidades después de que éste elevara gritos y forcejeara con los policías tanto antes como después de subir al avión.

Los hechos ocurrieron el 9 de junio de 2007 cuando los agentes ejecutaron la orden de expulsión de Apkitaye, después de dos tentativas fallidas debido a la oposición del joven a embarcar en un aparato (los días 5 y 7 del mismo mes).

El día 9, fecha en la que cumplía el plazo de internamiento, se tenía previsto embarcarle en un vuelo de Iberia desde Barajas (Madrid) a Lagos (Nigeria), y para ello se le trasladó desde el centro de internamiento hasta el aeropuerto.

Debido al rechazo a ser repatriado, los agentes le esposaron y le colocaron cinta adhesiva alrededor de los brazos y piernas, y posteriormente le llevaron a rastras.

En el camino, el nigeriano se golpeó voluntariamente contra el coche policial mientras gritaba que no se quería ir y justo cuando iba a ser embarcado se opuso "tenazmente" y forcejeó con los agentes "sujeto a una gran excitación".

En ese momento, los dos agentes le colocaron más cinta adhesiva en la cabeza y la boca, al tiempo que el joven mantenía una postura de resistencia, lo que obligó a los primeros a pedir ayuda a otros policías para poder subirlo al avión.

Tras la muerte del joven, el avión aterrizó en Alicante.

El peso pericial del informe elevado por los forenses también ha determinado que tanto la Fiscalía como la defensa renunciaran al resto de pruebas por considerarlas "prescindibles".

Además de considerar los hechos de falta por imprudencia leve y de fijar una multa de 600 euros para los acusados, el fiscal ha pedido la supresión de la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, una solicitud a la que también se ha adherido la defensa.

Sin embargo, fuentes jurídicas han explicado que aún está abierta la vía civil para los familiares si quieren reclamar una indemnización a la Administración, si bien previamente deberán justificar su parentesco.

Al finalizar el juicio, que ha quedado visto para sentencia, familiares y amigos de la víctima han pedido justicia al tribunal.