La Audiencia de Las Palma ha condenado al aparejador y secretario interventor del Ayuntamiento lanzaroteño de Yaiza durante los años 1988 y 1999 por un delito continuado de prevaricación urbanística, por emitir informes que permitieron construir ilegalmente en suelo rústico.

Los dos técnicos, Pablo Ramón C. y Vicente B.F., dictaron informes favorables para la construcción de dos viviendas unifamiliares en suelo rústico en esos años, según una sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Los dos acusados han visto rebajada sus penas al apreciar el tribunal una dilación indebida en la causa, ya que el procedimiento que se produjo contra ellos se inició en 2004 y 2005 y su enjuiciamiento ha sido en 2011, sin que en la demora tuvieran responsabilidad los procesados.

El tribunal ha impuesto la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público durante dos años y un mes, así como al abono de las costas.

Según la sentencia, los dos técnicos, en el desarrollo de sus funciones de emisión de informes en materia urbanística previos a la concesión de licencia de tal naturaleza, informaron favorablemente de la concesión de licencias de construcción a sabiendas de que "incumplían manifiestamente" con el procedimiento administrativo establecido por el ordenamiento urbanístico vigente.

En los hechos probados se señala que, en dos de los expedientes, los dos acusados emitieron sus informes "teniendo perfecto conocimiento de la consideración del suelo en cuestión como rústico y de la exigencia procedimental de la previa calificación territorial por el Cabildo de Lanzarote y de la necesidad de contar con la autorización previa de la Dirección General de la Vivienda del Gobierno canario.

El tribunal no ha considerado probado, sin embargo, que emitieran informes "injustos" sobre un tercer expediente para la construcción también de una vivienda familiar en el que se consideraba el suelo urbano.