La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado un recurso presentado por O.H.G., uno de los tres condenados por el asesinato del estudiante Iván Robaina en diciembre de 2008, contra el auto de prórroga de prisión provisional.

Según el auto hecho público hoy por el TSJC, O.H.G. fue condenado al igual que los otros dos acusado, a una pena de 17 años y 6 meses de prisión por un delito de asesinato, lo que evidencia la existencia de un riesgo de fuga.

Además, señala que la resolución de prórroga de la prisión no se dicta únicamente por razón de la existencia de una sentencia condenatoria contra el recurrente, sino por la gravedad del delito por el que ha sido condenado, y añade que tampoco constan justificadas circunstancias personales del recurrente que pudieran ser valoradas.

Indica que también ha tenido en cuenta que en los anteriores recursos presentados por el acusado también se valoró la posible reiteración delictiva del mismo a la vista de sus numerosos antecedentes policiales y la existencia de varias sentencias condenatorias en su contra.

La Sala de lo Civil y Penal sostiene que el auto de prórroga de prisión recurrido se dictó ajustado a derecho y con motivación suficiente.

En cuanto a la alegación presentada contra la sentencia de la Audiencia Provincial que condenó a O.H.G. a 17 años y seis meses de prisión por entender que el veredicto del tribunal jurado carecía de motivación, así como en relación a la revisión de la condena que solicita, indica que estas cuestiones serán abordadas cuando se constituya la Sala competente de lo Civil y Penal del TSJC.