> Fue absuelta del asesinato de su marido, pero ahora tendrá que repetirse el juicio. Maria Pilar Marcos salió libre de la acusación de haber matado a su esposo por decisión de un jurado popular compuesto por nueve personas, pero ahora magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) han ordenado repetir el proceso porque aprecian contradicciones en el veredicto. Los jueces aseguran que el jurado se contradice cuando afirma, por un lado, que la mujer no tuvo ninguna responsabilidad, y por otro que sí podía saber que de sus acciones podía derivarse la muerte de su marido.

El 27 de octubre de 2010 el juez absolvió a Maria Pilar Marcos por el asesinato de su marido, que tuvo lugar en Tafalla (Navarra) en noviembre de 2009, tras escuchar el veredicto del jurado popular que deliberó sobre el caso. En esa ocasión, los nueve miembros que componían el jurado no dieron por probado ningún hecho delictivo. Pero ahora la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ordenado repetir el juicio, porque aprecia "contradicciones" y "falta de motivación y racionabilidad" en el veredicto del jurado que exculpó a la acusada.

El juez del caso ya apreció contradicciones en el primer veredicto que entregaron los miembros del tribunal, y les pidió que repitieran las respuestas a las preguntas que se les había hecho para determinar la culpabilidad. El Ministerio fiscal pedía once años de prisión para la mujer por un delito de homicidio por haber matado a su marido clavándole un cuchillo. El jurado tenía que responder 34 preguntas sobre los hechos y argumentar si consideraba probado o no lo que se planteaba en ellas.

En esas respuestas, indicaron, sobre un posible delito de homicidio, que "no existen pruebas suficientes que demuestren que la acusada dirigiese voluntariamente el cuchillo hacia José Antonio" Gil Silva, su marido. El jurado afirmó además que no está probado que durante el forcejeo el cuchillo se clavara en el pecho de José Antonio, pero también señaló que la acusada había tenido una reacción de arrepentimiento espontánea. Para la Sala del TSJN, es contradictorio defender a la vez ambas cosas.

NO CREÍA QUE EL CUCHILLO LO MATARA PERO PENSÓ QUE SÍ PODÍA MORIR

También consideran contradictorio decir por un lado que la acusada no creía que el cuchillo se clavaría en el pecho de su marido, y afirmar en otra de las cuestiones planteadas que "sí podía imaginarse que ocurriera la muerte de José Antonio".

El tribunal considera que las respuestas del jurado contienen frases de las que podría derivarse que la mujer es culpable, porque "contienen expresiones que pudieran ser compatibles con elementos mediante los que pudiere observarse la eventual existencia de dolo eventual". Además, "tales respuestas son incompatibles" con que se diga además que no está probado que el caso fuera fortuito.

La sentencia determina que se trata de respuestas "contradictorias y antitéticas", que "tienen incidencia en la calificación jurídica de los hechos y su incardinación en el tipo penal" y puede llevar a concluir que se haya cometido "un homicidio con dolo eventual o mediando imprudencia o mediando caso fortuito".

Los jueces recuerdan que al jurado se le formularon toda gama de posibilidades de delitos que se pudieron cometer: dolo directo, eventual, homicidio imprudente y caso fortuito, "gama de posibilidades que son negadas todas ellas a pesar de que el jurado declara probado que la acusada ejecutó directa y materialmente, por sí misma, la acción de clavar el cuchillo" a José Antonio Gil Silva. Además, no se consideró probado que lo hiciera en legítima defensa.

Los nueve miembros que componen el jurado no han dado por probado ningún hecho delictivo. El cuestionario que les había entregado el juez recogía cuatro posibilidades: homicidio, homicidio con dolo eventual, homicidio imprudente y accidente fortuito, y ninguno de los cuatro fue considerado probado, por lo que mujer fue absuelta.

También consideran contradictorio decir por un lado que la acusada no creía que el cuchillo se clavaría en el pecho de su marido, y afirmar en otra de las cuestiones planteadas que "sí podía imaginarse que ocurriera la muerte de José Antonio".

Además, el jurado opinó que la vida de la mujer nunca estuvo en peligro, y que ella los sabía. "El jurado entiende que la acusada no temió por su vida porque en los últimos años las agresiones físicas graves del marido hacia la acusada habían cesado y porque cree que la situación en el momento y lugar de los hechos no fue suficiente para que la acusada temiese por su vida", expuso el jurado popular. Los nueve miembros del tribunal indicaron también que no está probado que fuera una respuesta proporcional clavarle un cuchillo a su marido.