El Tribunal del Jurado ha declarado esta tarde culpable al Domingo C.O., el anciano de Esles de Cayón acusado de asesinar de un disparo con una escopeta a Juan José Cobo, su vecino, de 41 años de edad y que solía cuidarle el ganado.

Ocho de los nueve miembros del jurado han entendido que el acusado, de 90 años de edad, es culpable de haber dado muerte a la víctima con un disparo efectuado de forma "repentina" y "sorpresiva", que le impidió poder defenderse y salvarse.

En consecuencia, los hechos son constitutivos de un delito de asesinato para el que ahora la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria deberá determinar la cantidad de la pena, 15 años según la petición del Ministerio Fiscal y 18 según la acusación particular.

Finalmente esta parte, ejercida por los familiares de la víctima, ha reducido la condena respecto a los 20 años que reclamaban inicialmente, ya que se ha considerado como circunstancia atenuante la enajenación mental de Domingo.

Así lo ha entendido el Jurado, que, basándose en los informes forenses, ha considerado que el anciano presentaba en el momento de los hechos un deterioro cognitivo leve-moderado de origen orgánico, que le influía en el contenido del pensamiento y en su capacidad de razonamiento, con una "ideación sobrevalorada" que le afectaba a los aspectos cognitivos.

Los miembros del jurado creen, por ocho votos, que está probado que en noviembre de 2009 Domingo cogió la escopeta de caza de su sobrino y se dirigió a la cuadra, donde desde una distancia de 20 metros disparo a Juan José, que falleció en el acto y que no encontró forma de defenderse ante lo inesperado del ataque.

Los integrantes han argumentado su decisión sobre la culpabilidad del acusado en las declaraciones que Domingo, quien en el juicio sólo dijo que su familia le había "traicionado", había prestado anteriormente a la vista ante otras instancias, como el Juzgado de Medio Cudeyo, su sobrina, los agentes de la Guardia Civil o los médicos de la zona.

Pero además, se apoyan en la inspección ocular que hicieron sobre el terreno el día antes a petición de la defensa, y en el transcurso de la cual el acusado admitió los hechos y señaló directamente el lugar desde el que efectuó el disparó con la escopeta, que además admitió que tenía preparada en un lugar más a mano de lo habitual.

También señalan que existió un móvil para el crimen, como es la enemistad manifiesta que Domingo mostraba hacia Juan José, con quien discutía frecuentemente y a quien llamaba "ladrón", entre otros insultos.

El arma o la posición desde la que se realizó el disparo son otros factores que han tenido en cuenta para emitir su veredicto, en el que también han considerado que los datos que ha ofrecido el acusado sobre los sucesos sólo los podía conocer el autor de los hechos.

Finalmente, el Tribunal del Jurado ha rechazado recomendar la suspensión de la pena ni la petición de un indulto.

A las penas de prisión que deberá establecer la Audiencia se suman las indemnizaciones, 15.000 euros a cada uno de los dos hermanos de la víctima en el caso del Ministerio Fiscal, 125.000 euros para los padres del fallecido y de 30.000 para cada uno de los dos hermanos en las peticiones del Ministerio Fiscal.

La defensa inicialmente planteaba que en lugar de asesinato era un homicidio y pedía cinco años de prisión, pero al final del juicio, que se ha seguido desde el miércoles, optó por solicitar la absolución.