El 1 de julio comenzará a aplicarse el copago farmacéutico en España en función de la renta, una de las medidas incluidas en el real decreto-ley aprobado por el Gobierno para lograr un ahorro sanitario de 7.000 millones de euros.

El Ejecutivo ha adoptado esta decisión ante el endeudamiento de la Sanidad pública, cifrado en 16.000 millones de euros, y la situación de crisis económica que atraviesa España, con el fin de garantizar la viabilidad del sistema para que siga siendo universal, público, gratuito y de calidad.

La aportación de los ciudadanos a la hora de adquirir los medicamentos subvencionados por el Sistema Nacional de Salud, que por primera vez tendrán que pagar los pensionistas en España, suscita algunas dudas entre los usuarios.

Cambio de modelo.- En la actualidad todos los ciudadanos que no son pensionistas pagan el 40% del precio del medicamento, excepto los enfermos crónicos, que abonan un 10%, y los funcionarios pertenecientes a Muface, tanto en activo como jubilados, que aportan un 30%. A partir del domingo, los niveles de aportación en el pago de los fármacos se establecen en función de la renta y estos se actualizarán como máximo anualmente.

Objetivos.- El Ministerio de Sanidad asegura que se trata de una "medida disuasoria" para frenar el exceso de consumo de medicamentos existente en España, al tiempo que resulta más equitativa y justa, por tener en cuenta la situación económica de los ciudadanos.

Cómo calcularlo.- El nivel de renta se calcula a través de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año anterior. Las recetas se adaptarán a los nuevos porcentajes de participación mediante unos códigos -desde el 001 hasta el 006- que figurarán impresos en la parte superior derecha.

Pensionistas.- Si es un pensionista con una pensión no contributiva o tiene una renta mínima de inserción, no tendrá que pagar nada por sus medicamentos. Si gana menos de 18.000 euros al año, abonará un 10% del precio de las medicinas, hasta un máximo de ocho euros al mes. Si gana más de 18.000 euros, el máximo será de 18 euros al mes. Únicamente los pensionistas que dispongan de rentas superiores a 100.000 euros abonarán el 60%, hasta un límite de 60 euros al mes.

Máximos superados.- Cuando se superen estos máximos, la diferencia será reintegrada por la comunidad autónoma en la que resida el paciente en un periodo máximo de seis meses. Cada gobierno regional ha establecido diferentes sistemas y, de momento, no existe un criterio común para el conjunto del Estado. El Consejo Interterritorial de Salud se reunirá mañana para debatir una propuesta en este sentido, que plantea que cada dos o tres meses se efectúe el reembolso mediante una transferencia a la cuenta donde el jubilado cobre habitualmente su pensión. También se estudia la decisión de comunidades como Andalucía y Valencia, que, para evitar que el pensionista aporte más de lo estipulado por el decreto del Estado, implantarán un sistema de alerta en las farmacias que indique que el paciente ha superado los topes. En el caso de los pensionistas polimedicados, se pretende fijar un techo para que la cuantía que éstos adelanten no exceda en mucho el tope de los 18 euros mensuales.

Trabajadores.- ¿Afecta la reforma del copago sanitario a los trabajadores? Si tienen una renta anual inferior a los 18.000 euros, pagarán lo mismo que hasta ahora, es decir, el 40% de los medicamentos. Si la renta anual es superior a 18.000 euros, pero inferior a los 100.000 euros, aportarán el 50%, y si ingresa más de esa cantidad al año abonará el 60% de sus medicamentos.

Funcionarios.- La aportación de los funcionarios, los militares y el personal al servicio de la administración de Justicia será del 30%.

Parados.- Por primera vez, si se percibe una renta mínima de inserción o ya no se recibe ninguna prestación por desempleo, no se tendrá que pagar por los medicamentos.

Exentos.- Están exentas las personas con rentas no contributivas, los desempleados de larga duración que no reciban ninguna prestación, los perceptores de rentas de integración social, las personas con discapacidad y los afectados por el síndrome tóxico, además de aquellas personas que sigan un tratamiento derivado de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.