El Gobierno reformó ayer la Ley de Acceso a la Abogacía que entró en vigor el pasado mes de noviembre, de modo que quienes se matricularon en la licenciatura de Derecho entre 2007 y esa fecha no tendrán que cursar la parte teórica del máster que ahora se les exige para colegiarse, pero sí la parte práctica.

La modificación de la norma, aprobada por el Consejo de Ministros, tiene como objetivo que quienes se matricularon en la desaparecida licenciatura -y por tanto deben cursar 5 años de estudios- no queden discriminados respecto a los actuales estudiantes de grado en Derecho -título que se obtiene en 4 años-. Esta situación ha sido posible porque hasta el curso 2009-2010, en las Universidades ha sido posible matricularse en primero de la licenciatura de Derecho, sustituida ahora por el título de grado. Habrá además otras tres excepciones a la obligatoriedad de cursar el máster, del que quedan totalmente eximidos quienes se matricularon en Derecho antes del 31 de octubre de 2006.