Las multas impuestas por la DGT ya se pueden pagar con tarjeta de crédito o débito desde su página web www.dgt.es, según anunció ayer Tráfico, que afirmó que, desde que se empezó a probar el sistema el pasado 5 de mayo, se han pagado más de 2.000 multas.

A este nuevo medio de pago de las multas se accede a través del apartado "Trámites y Multas" de la DGT, pinchando en el enlace "¿Alguna multa?", en la que además se ofrece la posibilidad de recibir la notificación de las sanciones por correo electrónico o mediante un mensaje de texto en el teléfono móvil.

El sistema requerirá al usuario que introduzca los siguientes datos: NIF, NIE, o CIF, nombre y apellidos, número de expediente y cuantía de la sanción. Por tanto, no se necesita disponer de un certificado digital o de DNI electrónico y el único requisito es que la multa se encuentre en período voluntario.

Para los que no dispongan de internet o prefieran usar otros medios, se seguirá pudiendo abonar las multas en las sucursales del Banco Santander, en las oficinas de Correos o en las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, indicando el número de expediente que figura en la denuncia que haya entregado el agente o en la notificación que se hubiera recibido.

Asimismo, podrán beneficiarse del descuento del 30 por ciento del importe de la multa si se realiza el pago en el plazo de 30 días naturales, a contar desde que el agente formule la denuncia o, en su defecto, desde que se notifique correctamente la sanción a imponer.

El pago, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o de la licencia de conducir, implicará la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa y la renuncia a formular alegaciones, sin perjuicio de la posibilidad de interponer recursos.