El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) obliga al Ayuntamiento de Santa Cruz a la reparación de las viviendas situadas al inicio del barrio de María Jiménez, que el 30 de diciembre de 2008 se vieron afectadas por la caída de una piedra de grandes dimensiones y tuvieron que ser desalojadas.

En un primer momento la corporación local reubicó a los residentes en otros pisos, les pagó el alquiler y se comprometió a arreglar el inmueble. Sin embargo, en 2014 el grupo de gobierno emitió un decreto por medio del cual consideraba imposible el cumplimiento del compromiso anterior para "rehabilitar" las viviendas.

El ayuntamiento alega que las viviendas fueron construidas sin títulos legales y están en situación de fuera de ordenación sobre un suelo que en principio era rústico. Por lo tanto, argumenta que cumplir el acuerdo original supondría una ilegalidad.

El consistorio había rechazado en 2014 rehabilitar las casas, tal y como se había comprometido

Las discrepancias surgen dado que el régimen de fuera de ordenación impide que se lleven a cabo obras de rehabilitación, sino tan sólo de consolidación y reparación. En este último caso supondría restituir los elementos dañados para que el edificio vuelva a estar en las mismas condiciones originales. La rehabilitación, por su parte, implica mejoras de conservación o modificar modernizando o introduciendo nuevas instalaciones.

El TSJC recuerda que pese a la situación urbanística, el ayuntamiento consintió que estuvieran habitadas y de ahí las ayudas que luego les fueron concedidas, de las que la única que no se ha cumplido es la reparación del inmueble. La Sala entiende que sería "el colmo" si se dejara a las personas en peor situación a como estaban anteriormente aprovechando el desprendimiento".