El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha rechazado un recurso presentado por un grupo de funcionarios del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma en contra de un complemento específico aprobado por el Pleno en el año 2015 para los agentes de la Policía Local.

En la sentencia se deja claro que este complemento económico obedece a la valoración de las condiciones de trabajo de los puestos, cuya necesidad se encuentra amparada por los cometidos que en el caso de la policía "constituye uno de los de mayor riesgo, responsabilidad y penosidad de toda la administración", manteniendo una disponibilidad "casi permanente que puede ser exigida en cualquier momento por razonesde orden público o de seguridady que no tiene parangón con el resto de empleados de la administración local".

El TSJC advierte a los funcionarios recurrentes de que con este complemento "no se trata de beneficiar a nadie en detrimento de otro"; es decir, no iban a perder retribuciones por el plus a los agentes. Además, la resolución judicial sostiene que "no es aplicable el mismo tratamiento a la policía que al resto de funcionarios municipales, pues la relación de funcionamiento de ambos colectivos es distinta". Se impone a los recurrentes al pago de las costas judiciales hasta un máximo de 600 euros por apelante.