Cuatro de los catorce magistrados de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo emitieron un voto particular en el que rechazan la sentencia que obliga al Cabildo de La Palma a dar una comida al día al personal que trabaja en la residencia de pensionistas.

El voto particular fue emitido por el magistrado José Manuel López García de la Serrana, y al mismo se adhirieron José Luis Gilolmo López, Miguel Ángel Luelmo Millán y Jesús Souto Prieto, que mostraron sus discrepancias con la postura mayoritaria de la Sala. A propósito, hacen mención a anteriores sentencias del Supremo, de 19 de septiembre de 2007 y de 16 de febrero de 2009, "que recayeron en supuestos de hecho similares" y que ahora el resto de los jueces en su resolución se apartan de ellas "sin explicar las razones de esa decisión, incongruencia omisiva contraria al artículo 24 de la Constitución".

Los cuatro magistrados sostienen que "no ha existido un acto expreso de reconocimiento de la condición más beneficiosa, de comer o cenar gratis en la residencia de pensionistas donde los trabajadores afectados prestan sus servicios, sino todo lo contrario: tras la transferencia de la residencia al Cabildo de La Palma se suprimió ese beneficio (complemento en especie), mediante acuerdo colectivo de 2003, en el que se pactó la homologación de condiciones laborales de todo el personal" del Cabildo.

Los firmantes del voto particular son contundentes al advertir a la Sala de que "la mayoría desconoce nuestra doctrina y la cambia sin razonar los motivos con base en meras hipótesis, conjeturas y suposiciones sobre los hechos acaecidos o que debieron suceder".

Los magistrados hacen hincapié también en que "la permisividad del director de la residencia, primer beneficiado de la comida gratis, no podía obligar al Cabildo", y el hecho de que no conste que se le sancionara por ello "no permite presumir indefectiblemente que la institución insular toleró su actuación y supo de ella desde el primer momento ni, menos aún, que consintiera el uso desviado de fondos públicos que llevaba a cabo quien no tenía poderes".

Aunque la plantilla de la residencia está formada por un centenar de trabajadores, la denuncia tras la orden que anulaba las comidas al personal fue presentada con el asesoramiento legal del Sindicato de Empleados Públicos de Canarias (SEPCA), por 26 trabajadores de diferentes categorías y, por tanto, con diferentes sueldos al mes, desde un médico hasta dos ATS, auxiliares de enfermería, limpiadoras, ayudantes de cocina, ordenanzas, una animadora ... Eso sí, la sentencia del Supremo beneficia a todos los trabajadores que pidan, en su horario de trabajo, el almuerzo o la cena en la residencia.