El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes las decisiones del Tribunal Constitucional de admitir a trámite los recursos del Gobierno contra la ley catalana de consultas y la convocatoria del referéndum soberanista del 9N, así como la suspensión de ambos y de "cuantos actos o resoluciones hayan podido dictarse en aplicación de los mismos".

El Constitucional precisa que la ley y la convocatoria están suspendidas desde el mismo lunes, fecha de la presentación del recurso, para las partes en el proceso, y para terceros desde su publicación en el BOE.

El alto tribunal admitió a trámite el lunes los recursos del Gobierno y, en virtud del artículo 161.2 de la Constitución, las normas autonómicas quedan suspendidas.

El tribunal señaló el lunes que la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo de los citados recursos, que el Tribunal resolverá en su momento. Y añadió que las admisiones no suelen revestir dificultades desde el punto de vista técnico-jurídico, pues consisten en supervisar que se cumplen los requisitos formales que exige la ley: cumplimiento de los plazos para la interposición del recurso, legitimación del recurrente o que la norma o disposición sean recurribles.

El Tribunal dio traslado de las demandas al Congreso de los Diputados y al Senado así como al Parlamento y Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cataluña, que tienen un plazo de 15 días para personarse en el recurso presentado contra la ley, y otro de 20 días para personarse en el procedimiento relativo a la impugnación del decreto.

Las partes dispondrán de idénticos plazos para, en cada caso, formular sus alegaciones. También se designó a los magistrados que serán los ponentes de las sentencias que se dictarán en su día, y que serán Pedro González Trevijano para el recurso contra la Ley de Consultas y Juan Antonio Xiol para el presentado contra la convocatoria del 9-N, según han confirmado a Europa Press fuentes del tribunal.