El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, anunció ayer que la prisión permanente revisable, que se incluirá en la reforma del Código Penal, solo se aplicará como "mecanismo excepcional" para delitos de terrorismo y cuando se acredite que la reinserción del reo se ha producido. El titular de Justicia también señaló que la libertad se recuperará "no por el transcurso de un número de años" en prisión "sino cuando se acredite la reinserción".

En concreto, Gallardón aseguró que la prisión permanente revisable debe ser utilizada en aquellos casos en los que la sociedad considere que no son suficientes los años de cumplimiento de condena para que una persona recupere su libertad si no se acredita su reinserción.

El ministro justificó la limitación de la medida a los delitos terroristas diciendo que es en estos casos donde se puede "acreditar fehacientemente la intención de rehabilitación del reo".

Gallardón anunció a finales de enero la posible instauración de la pena de prisión permanente revisable para "supuestos muy restringidos" que hayan alcanzado "el máximo grado de repulsa social", sin circunscribir la medida a los delitos de terrorismo.