El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha desestimado la solicitud de nulidad de todas las actuaciones en la conocida como ''causa de los trajes'' planteada por el ex jefe de Gabinete de la Conselleria de Turisme y actual responsable de Protocolo de la Diputación de Valencia, Rafael Betoret.

En el auto de fecha 13 de mayo de 2011, la sala asegura que carece de competencia para resolver la petición de nulidad de las actuaciones y señala que esta debe presentarse "ante el órgano judicial ante el que se hubieren practicado las actuaciones presuntamente nulas o que haya dictado las resoluciones afectadas por la misma", es decir, el juzgado central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

Asimismo, señala que la petición de nulidad ha de instarse "en cuanto se tenga posibilidad de ello", una circunstancia que no se produjo por parte del recurrente, de quien dice "sí pudo incluir cualquier planteamiento de esta índole en las alegaciones que esta Sala de Valencia permitió realizar a las partes antes de pronunciarse sobre la inhibición acordada por el juez instructor del ''caso Gürtel'' en Madrid, Antonio Pedreira.

Betoret solicitó la nulidad de las actuaciones al considerar que desde el inicio del procedimiento en el juzgado central de instrucción número 5, a cargo de Baltasar Garzón, "se han ido produciendo una serie de quebrantamientos clarísimos de las normas procesales y constitucionales".

Como argumento para pedir la nulidad, la defensa de Betoret apuntaba que ha habido indefensión "por no tener los imputados acceso a toda la documentación y diligencias" practicas desde el inicio de la causa en la Audiencia Nacional.

Entre otras, citaba la intervención de las comunicaciones en la cárcel de Soto del Real por Garzón, en concreto, una que mantuvo este mismo abogado con Crespo y Correa en las que se "exculpaba clarísimanente" a los imputados en Valencia "en relación con el regalo de trajes y otras prendas de vestir", y que no fue remitida al TSJCV "por motivos que aún desconocemos"..

No obstante, la sala reitera que se trata de actuaciones practicadas ante otro órgano "desconociendo esta sala si petición similar ha sido planteada y resuelta por el tribunal competente".

RECURSO DE SÚPLICA

Asimismo, el TSJCV desestima también el recurso de súplica planteado por Betoret contra el auto dictado por este mismo tribunal de fecha 26 de abril de 2011, por el que la sala aceptó incorporar a esta causa a los considerados presuntos cabecillas de la trama ''Gürtel'', Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez, por los supuestos regalos que hicieron al presidente de la Generalitat, Francisco Camps, y a otros altos cargos del PPCV y del Gobierno valenciano.

La defensa de Betoret hacía suyas todas las manifestaciones del voto particular del magistrado Juan Montero, quien discrepó de la decisión de la mayoría, y solicita la nulidad de las actuaciones o que vuelvan al inicio de la fase de instrucción.

En el recurso de súplica señalaba, en primer lugar, que hace suyas todas las manifestaciones de Montero; que el órgano que dictó la inhibición no era el competente porque las cuestiones de competencia solo pueden existir entre las salas y considera que no existía conexidad entre los delitos atribuidos a los acusados ya que se pueden juzgar por separado sin que se rompa la continencia de la causa.

Ahora, el TSJCV indica sobre la incompetencia de Pedreira de plantear la inhibición que si el tribunal competente manifestó en su caso su conformidad con la inhibición "no se estimó necesario extremar el rigor formal de no aceptar por tal circunstancia, máxime en una materia susceptible de interpretación y en la que no coinciden todos los tribunales".

CAMBIOS DE CRITERIO DEL FISCAL

Asimismo, en relación a los cambios de criterio por parte del ministerio fiscal y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la causa esgrimidos por Betoret en el recurso, los magistrados señalan que el que esta sala hubiera esgrimido cuando el Ministerio Fiscal solicitó una ampliación del objeto del proceso que era posible la tramitación separada de los dos procedimientos --por cohecho activo en el TSJ de Madrid y el de cohecho pasivo impropio en el TSJCV-- "no conlleva que no pueda alterarse dicho criterio" y agrega que la sala "no cerró tal posibilidad en su auto inicial de admisión de competencia" en abril de 2009.

Betoret se preguntaba en el recurso si estas modificaciones de opinión podían obedecer a que pretende que se impute a los acusados de Valencia "un cohecho propio, que lleva aparejada la pena de inhabilitación para ejercer un cargo público".

Finalmente, la sala indica que la decisión adoptada respecto a la aceptación de la inhibición "respeta, evidentemente, y cumple con las normas procesales, las cuales son susceptibles de interpretación".

REMISIÓN DE DOCUMENTACIÓN NO INCLUIDA

Subsidiariamente, el recurso de Betoret pedía que se requiriera al instructor de la causa en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que remitiera la documentación que no se ha incorporado a este procedimiento y que "está produciendo que se está cerrando en falso la fase de instrucción" en Valencia y "privando del legítimo ejercicio de derecho de defensa".

En este sentido, el TSJCV insiste en que esta solicitud, "dada su naturaleza de acto de investigación, no puede realizarse directamente a la sala, sino al instructor, que acordará lo que estime procedente".