Con sólo tres votos en contra, la Sala del 61 del Tribunal Supremo (TS) considera a Sortu heredera de la ilegalizada Batasuna. Por tanto, acordó que prohibirá que la formación sea inscrita en el Registro de Partidos Políticos. Esta decisión imposibilitará que la agrupación abertzale concurra en los próximos comicios municipales y autonómicos, informaron fuentes del alto tribunal. Eso, salvo que la agrupación opte por presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC).

El TS no aprueba la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior, al estimar las demandas de la Abogacía del Estado y la Fiscalía contra la organización abertzale. De este modo, se considera que es sucesora de Batasuna, ilegalizada en marzo de 2003 por su vinculación con la organización terrorista ETA.

La decisión vino precedida de una deliberación de más de nueve horas, que se inició un día después de que la vista pública llegase a su término con los alegatos finales. Fue entonces el turno de Manuel Rivero, representante de los Servicios Jurídicos de Estado, Antonio Narváez, fiscal de Sala de lo Contencioso-Administrativo, e Iñigo Iruin, que ejercía, junto con Adolfo Araiz, la defensa de Sortu.

El contenido íntegro del auto se dará a conocer en los próximos días. De momento, se sabe que sólo tres de los 16 magistrados que componen la Sala votaron en contra, por lo que la mayoría intenta impedir que Sortu llegue a los comicios de mayo. Aun así, no hay nada definitivo, porque la decisión es recurrible ante el TC.

LA IZQUIERDA ABERTZALE ROMPE LA UNANIMIDAD

La unanimidad de la Sala 61 sólo se ha roto en dos ocasiones. El otro caso tuvo lugar en mayo de 2009, cuando el TS deliberó sobre Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos (IISP), una candidatura de la izquierda abertzale que también se anuló.

La composición de la Sala ha variado en más de un tercio desde entonces, cuando hubo cinco componentes que discreparon, aunque ninguno de ellos formalizó su postura mediante un voto particular, cosa que sí ha ocurrido en esta ocasión.

Esta Sala especial está presidida por Carlos Dívar, presidente del TS y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Completan su composición los presidentes de cada una de las cinco salas que integran el alto tribunal y los magistrados más antiguos y más modernos de cada sala.

Así, además de Dívar, la Sala 61 reúne a los presidentes de la Sala de lo Civil (Juan Antonio Xiol Ríos), de lo Penal (Juan Saavedra Ruiz), Contencioso-Administrativo (José Manuel Sieira Míguez), Social (Gonzalo Moliner Tamborero) y Militar (Ángel Calderón Cerezo).

Como magistrados más antiguos figuran Xavier O''Callaghan Muñoz (Sala de lo Civil), Carlos Granados Pérez(Penal), Ricardo Enríquez Sancho (Contencioso), Aurelio Desdentado Bonete (Social) y José Luís Calvo Cabello (Militar).

Los más modernos, que han deliberado por primera vez sobre aplicación de la Ley de Partidos Políticos, son Rafael Gimeno-Bayón Cobos (Civil), Alberto Jorge Barreiro (Penal), Carlos Lesmes Serrano (Contencioso) Manuel Ramón Alarcón Caracuel (Social) y Francisco Javier de Mendoza Fernández (Militar).

La composición es equilibrada. Una gran parte de los magistrados pueden ser etiquetados como ''progresistas''. Es el caso de Gonzalo Moliner, Gimeno Bayón, Jorge Barreiro, Alarcón, Sieira, Calvo Cabello y Xiol Ríos. Otros son de corte conservador (Calderón, Lesmes y Enríquez). Se podría considerar ''conservadores-moderados'' al presidente Saavedra y a los magistrados O''Callaghan, Grandos y Desdentado.

"ENÉSIMO INTENTO" DE ETA PARA LLEGAR A LAS INSTITUCIONES

Durante la vista del lunes y el martes, Manuel Rivero sostuvo que Sortu es "el enésimo intento" del complejo ETA/EKIN para llegar a las urnas. La defensa se había acogido durante el proceso a que la nueva organización es el resultado de una escisión en el seno de la izquierda abertzale. El letrado del Estado se apoyó en los informes de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía (CNP) para afirmar que no ha habido un debate real.

El abogado explicó, en contra de la existencia de esa división: "Pretenden decirnos que ha habido un debate en la izquierda abertzale (...) no ha habido ruptura, sino una tolerancia mutua". A su modo de ver, "no es creíble que esas discrepancias hayan madurado en unos pocos meses y que la izquierda abertzale, sin dejarse un solo pelo en la patena, apoye en bloque a Sortu".

Narváez subrayó: "El perfecto fraude de ley y el perfecto abuso de derecho es aquél que no es posible detectar". A su modo de ver, "el problema" no está relacionado con la ideología de los promotores de la nueva agrupación, sino con que... "No estamos hablando de un nuevo escenario sino de algo que todavía está sujeto a los planes de ETA y de Batasuna".

El representante del Ministerio Público pidió a los magistrados que "interrelacionen" la presentación de los estatutos de Sortu con el contexto del alto el fuego de ETA. Hasta que la organización criminal no declaró ese alto, no se constituyó el partido. Sus representantes cumplen con "el ropaje formal de una aparente ruptura", dijo el fiscal, de acuerdo con Rivero.

Iñigo Iruin resaltó, una vez más, que sí se produjo un debate. Según el abogado, ETA quería intervenir en este debate: "Era muy consciente del germen de discrepancia", que residía en la ruptura de la tregua que había declarado con anterioridad. El rechazo a la violencia contenido en los estatutos es uno de los frutos de esa discusión, y, por tanto, no se incluye "por imperativo legal".

La defensa dijo que el hecho de que haya miembros de la izquierda abertzale vinculados a Sortu no es suficiente para justificar la ilegalización: "Es imposible crear un partido de la izquierda abertzale sin la izquierda abertzale". Acudió entonces a la expresión ''proceso democrático'': se menciona en los estatutos y en documentos abertzales y, a través de ella, "se rechazan los medios violentos de ETA y se aboga por su desaparición".

La Sala tuvo en cuenta como prueba documental lo aportado por los demandantes como prueba documental. También valoró los testimonios y los informes de los peritos de la Policía Nacional y la Guardia Civil. Ambos cuerpos habían localizado "signos evidentes" que constataban que ETA no tenía intención de abandonar las armas ni de disolverse y documentación que vinculaba a la banda terrorista (y, por ende, a Batasuna) con Sortu.

PP Y PSOE, SATISFECHOS CON LA DECISIÓN

El fallo del TS demuestra que el Estado de Derecho no permitirá "ninguna trampa", mantuvieron ante Europa Press fuentes la dirección socialista. El PSOE incide en que son los jueces los encargados de "hacer cumplir la Ley de Partidos" y en que su fallo se basa en las pruebas aportadas por la Abogacía del Estado y por la Fiscalía General. José Antonio Pastor, portavoz del PSE-EE, aseveró que lo que corresponde ahora "es respetar y acatar" las decisiones de la Justicia.

El PP, más efusivo, relaciona la decisión con el "buen funcionamiento" de la Ley de Partidos. Fuentes de la dirección afirmaron, poco después de que la decisión se hiciese pública, que ahora es el turno del Ejecutivo, que debe mantener la "máxima exigencia" sobre entorno de la banda. De este modo, evitará que los herederos de Batasuna "burlen la Ley por otros cauces" y participen en las elecciones autonómicas y locales.

Gaspar Llamazares, diputado de IU, lamenta el fallo, porque considera que Sortu "cumplía todos los requisitos". EA, de acuerdo con el izquierdista, aseguró que se le está haciendo "un flaco favor a la democracia" con esta decisión, "un esperpento político-jurídico" a ojos de Alternatiba.