Los miembros de la Comisión de Ejecución del Plan de Aislamiento Acústico (Cepla) del Aeropuerto de Tenerife Norte han dado hoy el visto bueno a una partida de 1.805.404,95 euros, destinada a la insonorización de viviendas y centros educativos del municipio de San Cristóbal de La Laguna, y que están ubicados en el perímetro de la huella sonora del aeropuerto, partida que será aprobada próximamente por el Consejo de Administración de Aena, según informó hoy esta entidad pública en una nota.

Los propietarios de las viviendas, radicadas en las zonas de Los Baldíos y Guamasa, así como la Facultad de Farmacia y el Instituto Universitario de Enfermedades Tropicales y Salud Pública de la Universidad de La Laguna (ULL), tienen un plazo de tres meses para comenzar las obras. En el caso de los centros educativos, se aprovechará el periodo estival para realizar la insonorización.

En el transcurso de la reunión de hoy se aprobó también una partida de 55.216,32 euros destinados a pagos correspondientes a viviendas que ya han concluido sus obras, y que han presentado la documentación preceptiva. El Plan de Aislamiento Acústico del Aeropuerto de Tenerife Norte contempla un censo de 651 viviendas con derecho a solicitar la insonorización: 639 de ellas están situadas en el término municipal de La Laguna, y doce en el de Tegueste.

La Comisión, constituida en marzo de 2007, está formada por representantes de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Fomento, de la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias, del Cabildo Insular de Tenerife, de los ayuntamientos de San Cristóbal de la Laguna y Tegueste, y de Aena. Su objetivo es llevar a cabo las actuaciones recogidas en el apartado noveno de Condiciones Específicas de la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto de Ampliación del Aeropuerto Tenerife Norte, entre las que destaca la aprobación de su huella acústica.

Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) continuará actualizando la huella acústica cuando se produzcan alteraciones permanentes en la operatividad del aeropuerto, con una incidencia significativa sobre la afección acústica asociada al mismo, y en cualquier caso, cada 5 años, o según establezca el reglamento que desarrolle la Ley 37/2003 del Ruido.