La Sala Penal Nacional, especializada en delitos de terrorismo en Perú, desestimó el recurso interpuesto contra los beneficios penitenciarios otorgados a la estadounidense Lori Berenson y confirmó su libertad condicional.

Según el auto de la Sala Penal, que data del pasado 18 de enero, pero fue hecho público hoy por el Poder Judicial peruano, es "improcedente" la tacha interpuesta por el Procurador del ministerio del Interior en materia de terrorismo, y por consiguiente son procedentes los beneficios penitenciarios otorgados el pasado 5 de noviembre.

Berenson pasó 15 años en prisión por haber colaborado con el Movimiento Revolucionario Tupac Amaru (MRTA), pero desde su salida de prisión ha reiterado en varias ocasiones su arrepentimiento, la última de ellas el pasado 10 de enero ante la Sala Penal que revisaba su caso.

"Reconozco mi responsabilidad en el delito que cometí y me siento arrepentida de ello. No estoy haciendo nada en contra de la ley. Si he salido es porque he tenido informes psicológicos por mi buen comportamiento en el penal donde he trabajado y estudiado", explicó la estadounidense.

Berenson abandonó la prisión, por segunda vez, en noviembre pasado, después de que en agosto un tribunal supremo anulara, por un defecto de forma, una primera decisión de la jueza Jessica León, que en mayo de 2010 ya le había concedido la libertad condicional.

El caso de Lori Berenson ha sido uno de los que más indignación han despertado en los últimos meses en estamentos políticos, mediáticos y ciudadanos peruanos, y han sido muy pocos quienes han salido a defender su derecho a la reinserción y rehabilitación.

Berenson fue detenida el 30 de noviembre de 1995 a la salida del Congreso peruano, adonde había ingresado con credenciales falsas de periodista con el supuesto fin de participar en un plan que intentaba secuestrar a parlamentarios para canjearlos por los militantes presos del MRTA.

Tras su detención, un tribunal militar la condenó a cadena perpetua, pero luego se le sometió a un nuevo juicio en el fuero civil, en cumplimiento de una orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).