El PSOE exige al Gobierno que dé marcha atrás en su cambio de criterio sobre las jubilaciones anticipadas y mantenga el derecho a retirarse a los 61 años a los ciudadanos que fueron despedidos individualmente antes del 1 de abril de 2013 y que posteriormente suscribieron un convenio especial individual con la Seguridad Social.

La portavoz socialista de Seguridad Social en el Congreso, Isabel López i Chamosa, ha señalado en declaraciones a Europa Press que la "única solución" al problema que se ha generado en torno a este tema, que podría afectar a unas 35.000 personas, es "dejar que la gente que quiera se pueda jubilar a los 61 años tal y como les corresponde".

Porque, a su entender, el problema no es que haya habido una interpretación dispar de la normativa en los diferentes territorios, sino que el Gobierno "intenta de nuevo restringir las jubilaciones anticipadas" y recortar la cuantía de las pensiones, "en la misma dirección que el resto de cambios que ha hecho hasta ahora" en esta materia.

De hecho, opina que los afectados que acudan a la Magistratura de Trabajo "tienen ganado, sin ninguna duda, el caso", ya que la suscripción de un convenio especial individual no genera nuevos derechos de jubilación, sino que únicamente permite mantener las condiciones de las pensiones y evitar la "pérdida brutal" que se habría derivado de pasar los últimos años antes de la jubilación en el paro.

DAR EXPLICACIONES YA

Además, López i Chamosa quiere que la ministra de Empleo, Fátima Báñez, dé explicaciones sobre todo este caso en el Congreso lo antes posible, y por eso ha registrado ya una solicitud de comparecencia ante la comisión parlamentaria del ramo. Una petición que se debatirá en la próxima Diputación Permanente --el órgano que sustituye al Pleno en periodos no hábiles--, que se celebrará a final de mes (previsiblemente el día 26), en aras a que la comparecencia pueda realizarse antes de que acabe el verano.

El PSOE también ha pedido una comparecencia urgente del secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ante la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo con el mismo objetivo, si bien esta sesión ya se celebraría cuando se reanude el periodo de sesiones.

Pero, además, López i Chamosa ha registrado una batería de preguntas sobre el tema para saber si el Gobierno "conocía las consecuencias que produce en los legítimos derechos de miles de trabajadores" su cambio interpretativo con respecto al acceso a la jubilación anticipada para los trabajadores en ciertas circunstancias y si cambiará su decisión.

UNIFICAR CRITERIO

Y es que en el decreto ley de Envejecimiento activo, aprobado en marzo de 2013, se retrasó el acceso a la jubilación anticipada de los 61 a los 63 años, reconociendo no obstante un periodo transitorio hasta 2019 durante el cual podrían acogerse a la normativa anterior tanto los afectados por despidos colectivos como quienes hubieran sido despedidos individualmente antes del 1 de abril de 2013 y luego no hubieran vuelto a ser dados de alta en la Seguridad Social.

Sin embargo, la Dirección General de la Seguridad Social considera que, a todos los efectos, los despedidos de forma individual hasta el 1 de abril pasado que posteriormente firmaron un convenio especial individual con la Seguridad Social son trabajadores en alta, por lo que no se les puede aplicar la anterior normativa y deben esperar hasta los 63 años para jubilarse.

La consecuencia, por tanto, es que unas 7.000 personas al año hasta 2019 --es decir, unas 35.000-- no podrán optar a la jubilación anticipada a los 61 años, sino que deberán esperar dos años más. No obstante, Empleo asegura que esto no es un cambio de criterio sino únicamente una aclaración sobre la interpretación de una norma de 2003 que se ha publicado para aclarar a las delegaciones territoriales de la Seguridad Social cómo deben aplicar la legislación, dada la disparidad de resoluciones que se estaban produciendo.

INTERPRETACIÓN "TARDÍA, INCOHERENTE Y RESTRICTIVA"

Sin embargo, los socialistas critican un cambio de criterio que se produce "más de un año después" de la entrada en vigor de la ley de Envejecimiento Activo, y que califican de "tardío, incoherente y restrictivo de derechos" ya que "deja a miles de trabajadores en la imposibilidad" de jubilarse a los 61 años a pesar de cumplir con todos los requisitos establecidos en la normativa anterior y con carácter retroactivo.

Y todo por "haber querido matenerse en una situación de asimilación al alta" para que "su pensión no se redujera más allá de la penalización por el acceso anticipado a la jubilación", decisión que "con frecuencia venía alentada por la información suministrada por la propia Seguridad Social", a la que consultaron a este respecto.

"Y los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social dieron siempre la misma respuesta: no existía ningún problema para que una persona a la que se le había extinguido la relación laboral antes del 1 de abril de 2013 pudiese suscribir un convenio especial, manteniendo su derecho a poderse jubilar de forma anticipada conforme a la legislación anterior", asegura el PSOE, señalando que ésa era el criterio del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el organismo encargado de la "ordenación jurídica y la interpretación de las normas".

De hecho, se incidía en que esta opción sólo estaba vetada a quienes volvían a darse de alta "como consecuencia del inicio de una nueva relación laboral o el desempeño de una prestación de servicios por cuenta propia", subraya el principal partido de la oposición, apostillando que esto dejaba fuera a los casos de "asimilación al alta" por desempleo, inactividad o suscripción de un convenio especial individual.

PERJUDICIAL PARA EL TRABAJADOR

De hecho, el PSOE ve "sorprendente" que los otros casos de asimilación al alta no hayan sido objeto de la misma precisión por parte de la Seguridad Social, de modo que sólo se impedirá acogerse a la jubilación anticipada con las condiciones anteriores si, cumpliendo el resto de requisitos, se tiene un convenio individual, pero no si las cotizaciones provienen por ejemplo del desempleo (contributivo o asistencial).

"¿Por qué la diferencia?", pregunta, subrayando la "incoherencia" de que sí se pueda aplicar la legislación anterior a quien cotiza por un subsidio asistencia por desempleo para mayores de 55 años pero no si se han "complementado" esas cotizaciones con un convenio especial.

Con todo esto, avisan los socialistas, los 35.000 trabajadores afectados verán cómo la "carga económica" asumida durante los últimos tiempos se convierte en "algo negativo" para ellos mismos, ya que no sólo no les permitirá mantener la cuantía de su pensión sino que, además, retrasará su posibilidad de jubilarse en dos años y les conllevará una exigencia mayor en cuanto a periodos de cotización, dado que se les aplicarán los criterios aprobados en 2013, que son más duros.

"O bien la interpretación que da ahora la Seguridad Social responde a un propósito decidido de cercenar legítimos derechos a miles de trabajadores o bien responde a una interpretación incoherente, discriminatoria, tardía y que no mide sus consecuencias", añade el PSOE, que cree que el Gobierno tendrá que "atenerse a las consecuencias" de las respuestas que dio a las dudas sobre este tema y "admitir la validez" de los convenios especiales.