El Consejo de Ministros aprobó ayer una modificación del Código Penal que prevé una pena de prisión máxima de 6 años por delito fiscal, en lugar de los 5 establecidos hasta ahora, y recoge que el plazo de prescripción de las infracciones más graves se eleva de 5 a 10 años.

Así lo anunció en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, quien señaló que este anteproyecto se remitirá a los principales órganos consultivos, como el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial, principalmente.

La vicepresidenta indicó que se trata de una modificación de la ley de transparencia que precisa rango de ley orgánica.

El nuevo tipo de delito fiscal se aplicará cuando la cuantía de la cuota defraudada exceda de 600.000 euros o cuando la defraudación se haya cometido dentro de una organización criminal.

Atenuantes

También se aplicará cuando se utilicen negocios, entes o territorios que dificulten u oculten la identidad del obligado tributario o la determinación de la cuantía defraudada. Además, se fijan mejoras técnicas destinadas a favorecer la regularización voluntaria del contribuyente o la recaudación, entre las que figura un atenuante por reparación del perjuicio económico causado a Hacienda.

Esto se aplicará en los casos de regularización dentro de los dos primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos en que el contribuyente colabore en la identificación de otros sujetos responsables. También se faculta a la Agencia Tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la existencia de un proceso penal.