Recientemente, y organizado por el Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Santa Cruz de Tenerife (Cotime), el Colegio de Economistas y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas, se celebró en el salón de actos de CajaCanarias, con gran éxito de público, una nueva edición del "Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas" a cargo de la inspectora coordinadora y jefa de equipo de la Dependencia de Inspección, Elisa María Martínez Álvarez y el técnico de Hacienda y coordinador de la Campaña de Renta 2009, Raúl Aguilar Delgado, ambos adscritos a la Dependencia de Inspección de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Santa Cruz de Tenerife.

La sesión se inició con un repaso a las novedades aplicables a las liquidaciones del ejercicio 2009, con mención expresa a las interpretaciones de las modificaciones que por causa de la crisis actual han ido surgiendo a lo largo del pasado ejercicio.

Francisco Purriños Carrasco, vicepresidente del Cotime, destacó capítulos "como las indemnizaciones por despido, con los aumentos de rentas exentas aplicables a los trabajadores que hayan sufrido Expedientes de Regulación de Empleo y Despidos Objetivos. La reducción del 20% de rendimientos netos positivos aplicables a empresarios o profesionales, por mantenimiento de empleo, que cumplan los requisitos fijados. La deducción de 400 euros, por obtención de rendimientos del trabajo o actividades económicas. La libertad de amortización con mantenimiento de empleo y reducciones en el rendimiento neto de módulos para el 2009, aplicable a pagos fraccionados del presente ejercicio. Novedades producidas en las sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario, y también se hizo un repaso a las deducciones aplicables en el IRPF de Canarias, así como a las novedades provenientes de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2009".

Respecto al ejercicio 2010, se expusieron en primer lugar, las modificaciones presentadas en la Ley 3/2010, de 10 de marzo, que afectan a actividades agrarias; y en segundo lugar, el resto de novedades, que con carácter general, han de ser tenidas en cuenta, como el incremento de tipos impositivos para rentas del ahorro, que pasan a estar gravadas al 19% hasta 6.000 euros y al 21% a partir de dicha cantidad; el incremento al tipo del 19% de las retenciones para rendimientos de capital mobiliario y algunas ganancias patrimoniales, así como para los rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de bienes inmuebles, de bienes muebles, negocios y minas, entre otros.