La Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias ha publicado en la edición del BOC de hoy lunes las subvenciones destinadas a incentivar que las empresas contraten en la modalidad de formación-aprendizaje o en prácticas a jóvenes menores de 30 años que estén inscritos como desempleados y en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).

La consejera del área, Cristina Valido, ha explicado en una nota que estas ayudas oscilarán entre los 1.500 y los 3.500 euros por contratación según la tipología del contrato y su duración, y añadió que son una fórmula para facilitar que las empresas apuesten por personas sin experiencia laboral.

La consejera ha indicado que con ello se contribuye a reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de jóvenes en desempleo y con muy escasas oportunidades de acceder al mercado laboral. Avanzó, además, que las solicitudes se pueden presentar desde mañana martes y se establecen diferentes plazos según las fechas en las que se formalicen los contratos y hasta el 13 de abril de 2018.

Como especifican las bases del programa Incentívate para los años 2017-2018, y que cuentan con una partida de 600.000 euros, los contratos podrán ser en las modalidades de formación y aprendizaje o en practicas de jóvenes desempleados. Los contratos de formación y aprendizaje tendrán una duración mínima de un año y los contratos de prácticas deberán ser por un mínimo de seis meses.

Podrán ser beneficiarios de la subvención regulada en estas bases cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes, que desarrollen una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, con capital íntegramente privado y centro de trabajo permanente en Canarias, que formalicen nuevos contratos de trabajo, o presenten en el momento de la solicitud un compromiso de contratación,

Con el objeto de que los jóvenes en prácticas no ocupen puestos ya creados, la empresa beneficiaria de la subvención deberá mantener el nivel de plantilla media acreditado en el momento de la concesión de la subvención, durante todo el periodo de permanencia del trabajador objeto de subvención. El nivel de plantilla declarado en dicho informe deberá ser, al menos, igual al que consta en el informe aportado en el momento de la concesión de la subvención.

CONTRATOS DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE.

En el caso de los contratos de formación y aprendizaje, el tiempo de trabajo efectivo, que deberá ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal. El salario será proporcional al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio y nunca por debajo de la parte proporcional del salario mínimo interprofesional).

Los contratos en prácticas no podrán ser inferiores a seis meses ni exceder de dos años, el salario será el fijado en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas y no podrá ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo años de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. Tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional.

Esta convocatoria está cofinanciada por la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) para el período 2014-2020, en los términos establecidos en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ), del Fondo Social Europeo. Los jóvenes interesados en participar en el programa podrán solicitar, con anterioridad a la firma del contrato, el servicio en la sede electrónica del SCE o en los puntos de empleo de las oficinas del SCE.