El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado hoy aplazar su decisión sobre si expulsa o no al magistrado Salvador Alba por las infracciones profesionales que se le atribuyen hasta que se dicte sentencia en la causa penal que examina esos mismos hechos.

En los dos procedimientos, se debe determinar básicamente lo mismo: si Alba trató de perjudicar a la magistrada Victoria Rosell mientras la sustituyó en el Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria y si, por el camino, cometió algún tipo de infracción profesional o algún delito tipificado en el Código Penal.

En un comunicado, el CGPJ explica que aplazar su resolución definitiva sobre el expediente abierto al magistrado de la Audiencia de Las Palmas supone cumplir literalmente lo dispuesto en el artículo 415.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ese precepto señala que "la incoación de un procedimiento penal (contra un juez) no será obstáculo para la iniciación de un expediente disciplinario por los mismos hechos, pero no se dictará resolución en éste hasta tanto no haya recaído sentencia o auto de sobreseimiento firmes en la causa penal".

En este caso, la instrucción del procedimiento disciplinario sobre los hechos atribuidos a Salvador Alba ya ha terminado.

De hecho, el promotor de la Acción Disciplinaria ya ha emitido su recomendación: "Separar de la Carrera Judicial, es decir, expulsar, al magistrado Salvador Alba", recuerda el CGPJ.

En ese expediente disciplinario, se achaca a Salvador Alba una falta muy grave de desatención en el cumplimiento de los deberes judiciales previsto en el artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El instructor del expediente considera acreditado que, mientras sustituyó a Rosell en su juzgado, porque esta había sido elegida diputada de Podemos por Las Palmas, Salvador Alba mantuvo el 16 de marzo de 2016 una reunión con el empresario Miguel Ángel Ramírez y le citó pocos días después como investigado en una causa que se tramitaba en ese órgano judicial.

Esa toma declaración, añade el CGPJ, no se dirigía a pedir al empresario explicaciones sobre "los hechos sobre los que versaba el procedimiento", una causa por fraude fiscal en la que está imputado, "sino a procurar la incorporación de hechos totalmente ajenos al mismo y con una finalidad impropia de las diligencias previas que instruía, como poner en duda la actuación de la anterior instructora".

Y todo ello con el propósito, precisa el instructor del expediente", de "facilitar o provocar una futura nulidad de actuaciones u obtener datos con posible relevancia en una querella interpuesta contra Rosell en el Tribunal Supremo" por el entonces ministro de Industria, José Manuel Soria (hoy archivada).

Como la sanción propuesta para Salvador Alba es la más severa de las previstas en la Ley del Poder Judicial, corresponde imponerla o rechazarla al pleno del CGPJ.