La futura Ley del Suelo limitará las ordenanzas provisionales a casos que requieran modificaciones menores y, en virtud de la enmienda propuesta por el Grupo Nacionalista Canario, solo se podrán regular en casos de extraordinaria y urgente necesidad, por interés público o interés social.

Para justificar la enmienda, el portavoz del Grupo Nacionalista, José Miguel Ruano, ha indicado que resulta "ilógico" que para hacer una obra como fue la construcción de un ascensor exterior en unas viviendas sociales de Candelaria fuera necesario suspender el planeamiento, siguiendo el artículo 47 actual.

Lo que sí se añade con esta enmienda, aclaró Ruano, es la vigencia de estas ordenanzas provisionales, limitadas a dos años, tiempo en el que el ayuntamiento tiene que realizar el procedimiento ordinario de modificación menor.

Sobre la regulación de los Espacios Naturales Protegidos, las diferencias entre los partidos residen en que el planeamiento lo haga el Gobierno y no los Cabildos. "Lo cierto --recordó el portavoz-- es que en 1994, cuando se aprobó la primera Ley reguladora de los Espacios Naturales Protegidos (ENP), no se habían delegado las competencias a los cabildos, su delegación y traspaso no se produjo hasta unos años más tarde".

"Hoy día, su gestión está en manos de los cabildos y ya existe una experiencia y capacidad contrastada en la gestión, que la Ley reconoce. Este hecho no mengua la dirección que el Gobierno debe realizar en lo que se refiere a la aprobación de las directrices, que serán el marco global que sirva para el conjunto de la normativa", insistió.