La diputada regional de Podemos Natividad Arnáiz ha criticado hoy los proyectos considerados de interés insular en la ley del Suelo y ha asegurado que dos de sus artículos, el 124 y el 129, son "un coladero para saltarse todos los trámites que ha habido hasta ahora".

En un comunicado el grupo parlamentario Podemos insiste en que la Comunidad Autónoma delega las competencias en materia territorial en este proyecto de ley y renuncia así a la unidad regional y a la cohesión territorial y social de Canarias.

En la ponencia parlamentaria que dictamina este proyecto se rechazaron las enmiendas de Podemos a los artículos 124 y 129, en los que se regulan los proyectos de interés autonómico e insular, explica Arnáiz, quien indica que su formación sólo está de acuerdo con los justificados por el interés autonómico, y aprobados por tanto por el Gobierno regional.

Además, Podemos quiere excluir del objeto de dichos proyectos las actividades industriales, energéticas, turísticas o de otra naturaleza.

"Creemos que estos proyectos, por ser excepcionales, deben atender a necesidades urgentes y relacionadas con los sistemas generales y dotaciones, es decir, con la red viaria, eléctrica, o de agua, o equipamientos estructurantes, o lo que es lo mismo, hospitales y escuelas", señala la diputada.

Arnáiz ha defendido en otra de las enmiendas que este tipo de proyectos de interés autonómico no se ejecuten en suelos afectados por algún tipo de protección y únicamente en suelo rústico cuando no hubiera otra alternativa posible "porque este calificativo de interés autonómico o insular puede servir como excusa para realizar inversiones en suelos sensibles, con un importante valor patrimonial o estratégico para el Archipiélago".

Asimismo Podemos ha solicitado que se elimine el artículo 135 en el que se hace referencia a los instrumentos complementarios, llamados ordenanzas provisionales municipales e insulares, porque en su opinión contravienen el informe del Consejo Consultivo de Canarias.

"Es otra forma más de intentar saltarse el planeamiento porque no está en absoluto determinado su objeto, necesidad, promoción, límites ni condiciones, salvo la prohibición de reclasificar suelo, aunque sí que podrían recalificarlo", precisa.

En su opinión este artículo propiciará el procedimiento abreviado para completar planes insulares o municipales al poder prescindir de la evaluación ambiental en las ordenanzas provisionales y del trámite de informe único vinculante de la Comunidad Autónoma, es decir "otro coladero más por si los demás instrumentos excepcionales no funcionaran".