La Unión Europea decidió hace unos años evitar que los recursos de las adjudicaciones públicas ante los tribunales no sirvieran para nada. La tardanza en resolverlos suponía que, cuando la Justicia emitía su fallo, la obra, servicio o suministro recurridos ya se había ejecutado. Una directiva comunitaria ha obligado a que la impugnación tuviese como efecto inmediato la paralización del procedimiento de contratación. Pero, ¿es razonable que una obra o un servicio público se vean suspendidos durante meses, o incluso años, como consecuencia de los ritmos de la administración judicial, no siempre tan ágiles como deberían?

Para resolver este obstáculo, la Comisión Europea ha introducido la figura de los recursos especiales en materia de contratación y, al mismo tiempo, ha dado la posibilidad a los gobiernos de crear tribunales administrativos encargados de resolverlos con unos tiempos mucho más cortos que los de la Justicia. Canarias ya cuenta con este organismo, aunque por ahora solo 27 ayuntamientos y cabildos han optado por adherirse a él.

Las instituciones locales que prefieran no sumarse al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma tendrán dos vías para afrontar las adjudicaciones conflictivas: constituir su propio tribunal para resolver los recursos -caso del Cabildo de Gran Canaria, que ya ha aprobado hacerlo- o seguir confiando estos asuntos a los tribunales de lo Contencioso-Administrativo.

La opción de dejar los recursos en manos de la Justicia comporta una demora de "como mínimo, seis u ocho meses", frente a los 20 días que tiene marcados el tribunal administrativo, expone Pedro Gómez, presidente del órgano.

Gómez fue nombrado en mayo por el Gobierno regional. El tribunal que dirige es "totalmente independiente" de las administraciones que adjudican los concursos. Esta exigencia de independencia es la que dificultará a muchos consistorios, en especial a los de reducido tamaño, dotarse de su propio tribunal. "En los ayuntamientos pequeños puede ser un problema separar el tribunal del órgano de contratación", advierte este "juez" de los contratos públicos.

Los inconvenientes que representa no atribuir al tribunal administrativo autonómico las competencias en esta materia -el riesgo de mantener paralizados los contratos y las dificultades para conseguir órganos independientes- hacen pensar a Gómez que "prácticamente todas las administraciones públicas" terminarán por sumarse a él.

Por ahora, las corporaciones locales e insulares se lo están tomando con cierta calma. El decreto por el que el Ejecutivo creó el tribunal establecía que las administraciones contarían con un plazo de dos meses para adherirse. Ya han transcurrido nueve y solo 27 lo han hecho (o bien han iniciado los trámites o comunicado su intención de incorporarse). Se trata de los cabildos de El Hierro, Tenerife, La Gomera, La Palma y Fuerteventura y de los ayuntamientos de Candelaria, El Rosario, Adeje, Los Realejos, El Sauzal, Mogán, Las Palmas de Gran Canaria, Gáldar, Santa María de Guía, Agüimes, Ingenio, Agaete, Valsequillo, Tijarafe, San Andrés y Sauces, Mazo, La Frontera, Valverde, El Pinar, Tuineje, San Bartolomé y Tías. El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ya ha solicitado el borrador de convenio.

Ante el tribunal pueden interponerse recursos contra los anuncios de licitación de los contratos; contra el contenido de los pliegos que rigen el procedimiento; contra cualquier acto de trámite que decida directa o indirectamente sobre la adjudicación del contrato, determina la imposibilidad de continuar el proceso o genere indefensión o un perjuicio "irreparable a derechos o intereses legítimos"; y contra los acuerdos de adjudicación.

Estos recursos podrán referirse a contratos o concesión de obra pública por más de 5,18 millones de euros, contratos de suministro o de servicios superiores a 207.000 euros, contratos de colaboración público-privada o contratos de gestión de servicios públicos con un presupuesto de primer establecimiento que sobrepase los 500.000 euros y que se presten durante más de cinco años.

las claves

Directiva europea. La creación del tribunal administrativo parte de la directiva europea por la cual las contrataciones públicas quedan en suspenso hasta que se resuelvan los recursos.

Sentencias inútiles. Hasta la promulgación de esta normativa, acudir a la Justicia resultaba muchas veces inútil, porque cuando llegaba la sentencia la obra o servicio habían sido ya ejecutados.

Más agilidad. El tribunal tiene 20 días para resolver, mientras que los tribunales de lo Contencioso-Administrativo pueden suponer meses de espera.