El Consejo de Gobierno canario aprobó hoy un decreto por el que regula los convenios suscritos por el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como el contenido y otros aspectos del llamado "informe de coordinación".

Este informe se exige en el caso de convenios con el Estado o con las comunidades autónomas, y se regulan, asimismo, unos instrumentos tipo para la formalización de los convenios, se indica en la información facilitada por el Ejecutivo canario al término de la reunión del Consejo de Gobierno.

Añade que hasta el momento los convenios estaban regulados por el decreto 49/2010, de 13 de mayo, que creaba y regulaba dos tipos de registros para los convenios del sector público canario.

Un registro integraba los compromisos con la Administración del Estado y con otras comunidades autónomas que se asumieran mediante convenio; y el otro era para aquellos convenios que fueran suscritos por organismos de la administración pública canaria y administraciones o entidades públicas extranjeras.

El decreto aprobado hoy deroga el anterior y establece que los dos registros existentes se unifiquen en el Registro General de Convenios.

Se incluirán en ese registro tanto los compromisos con el Estado y otras comunidades autónomas como con administraciones y entidades públicas extranjeras.

Además incluye los convenios que se suscriban con las corporaciones locales canarias, con otras entidades públicas y privadas e, incluso, los que celebren entre sí los órganos y entidades integrados en el sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Este registro general de convenios estará adscrito a la Secretaría General de Presidencia del Gobierno y su objeto no es tanto la de un mero registro, sino "la actividad convencional" del sector público de la comunidad autónoma, pero sólo de aquellos aspectos que interesan "a los efectos de su reconocimiento registral".

Este decreto aprobado hoy también regula el contenido y otros aspectos del llamado "informe de coordinación" que se exige en el caso de convenios con el Estado o con las comunidades autónomas y se regulan, asimismo, unos instrumentos tipo para la formalización de los convenios.