El pleno del Ayuntamiento de La Oliva (Fuerteventura) ha acordado hoy desestimar la compensación económica de diez millones de euros que reclamaban los promotores del plan parcial de La Caldereta (SAU-PSR-1) en concepto de responsabilidad patrimonial.

El Consistorio norteño ha recordado, en un comunicado, que el acuerdo ratificado por la Corporación cuenta con el aval del Consejo Consultivo de Canarias del pasado 4 de octubre de 2013, que rechaza los argumentos esgrimidos por los promotores en su demanda de compensaciones al Ayuntamiento.

Este plan, aprobado por acuerdo plenario el día 16 de febrero de 2002, fue recurrido el mismo año por el Gobierno de Canarias.

Tres años después, en 2005, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias dictó sentencia por la que anulaba dicho plan por no ser conforme a derecho, una sentencia que fue ratificada casi seis años después, 21 de marzo de 2011, por el Tribunal Supremo.

Una vez declarado nulo, los afectados iniciaron el procedimiento de reclamación "por los supuestos perjuicios causados por la deficiente actuación del Ayuntamiento de La Oliva en relación con la aprobación del plan parcial SAU-PSR-1 de las Normas Subsidiarias de La Oliva", exigiendo como indemnización la cantidad de diez millones de euros.

Los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de La Oliva han rechazado la petición de los promotores argumentando que, según dictamen del Consejo Consultivo, "la indemnización de daños por actuaciones derivadas del planeamiento urbanístico exige la previa patrimonialización o consolidación de derechos", que se produce con la aprobación del correspondiente proyecto de compensación.

Según han señalado desde el Ayuntamiento, toda actuación urbanística debe estar legitimada por el planeamiento y, en este caso, tras la aprobación del plan parcial, no se procedió a la tramitación del proyecto de compensación ni a la aprobación los estatutos y bases de actuación de la Junta de Compensación.

Por otro lado, tampoco se habían materializado las cesiones obligatorias y gratuitas a favor Ayuntamiento, ni aprobado el proyecto de urbanización, todo ello por causas imputables al promotor, aduce el Consistorio, en su respuesta a los empresarios.

El informe de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento, cuyo contenido es ratificado por el Consejo Consultivo, concluye que "no existe nexo de causalidad entre el funcionamiento del servicio público urbanístico y la lesión alegada por el incumplimiento por parte del promotor de los deberes urbanísticos derivados de la aprobación del plan parcial, ni se cumple el requisito de la efectiva realidad del daño evaluable económicamente".

Además, denuncia la "imposibilidad" de computar a "efectos indemnizatorios el beneficio que se pensaba obtener de una actividad ilícita, aunque haya mediado autorización administrativa para tal actividad posteriormente anulada".