El Consejo de Gobierno de Canarias acordó ayer recurrir ante el Tribunal Supremo el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros por el que autoriza a Repsol a realizar prospecciones petrolíferas cerca de las costas de Lanzarote y Fuerteventura, al tiempo que pide su suspensión cautelar hasta que se resuelva el recurso.

El real decreto recurrido convalida uno anterior de 2001, anulado en 2004 por el Tribunal Supremo, pero según el Ejecutivo canario no se han subsanado las carencias que llevaron a su nulidad en cuanto a las medidas de protección medioambiental del fondo marino en las costas canarias.

Según el criterio de los servicios jurídicos autonómicos, dados a conocer en rueda de prensa por el portavoz del ejecutivo canario, Martín Marrero, la convalidación del real decreto se ha utilizado de forma inadecuada porque solamente pueden convalidarse los actos anulables, pero no los actos ya anulados por el Tribunal Supremo.

"El grave defecto" que apreció el TS al anular en 2004 el decreto de prospecciones de 2001 queda reducido con su convalidación a un "mero vicio formal susceptible de subsanación mediante la simple incorporación de las previsiones omitidas en el acto anulado", según el recurso.

El Gobierno considera además que los documentos aportados de subsanación "evidencian el escaso interés que a la prevención de daños medioambientales en las costas canarias dispensa el que fue titular de aquellos permisos, al no analizar en los mismos las especialidades propias del fondo marino de las costas de Canarias". También argumenta el recurso que desde que hace ocho años se produjo la sentencia del TS "no ha habido ninguna clase de actividad estatal en relación a este tema", lo que pone de manifiesto "la inexistencia real de interés público".

Además, se evidencia, según el Gobierno de Canarias, "un grave desconocimiento de la Ley del Sector de Hidrocarburos y la regulación en ella contenida sobre la vigencia y extinción de los permisos de investigación". El criterio del Ejecutivo sobre esa vigencia es que "se hacen revivir" permisos que ya habían caducado, "al haber transcurrido sobradamente los plazos máximos establecidos" para las prospecciones. Así, "bajo el pretendido amparo de un acto de convalidación", en realidad se está otorgando una nueva autorización "eludiendo el procedimiento legalmente establecido de adjudicación, al impedir la presentación de ofertas en competencia".