Los 54 farmacéuticos que obtuvieron la titularidad de alguna oficina en el concurso de adjudicación convocado por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias en 2001 respiran algo más aliviados, puesto que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha evitado en primera instancia el cierre de sus establecimientos, pese a que el Tribunal Supremo (TS) declaró la nulidad de la convocatoria el pasado mes de junio.

En concreto la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera en un auto que al haber un precedente en la anulación de 2004 ahora no es pertinente que se solicite la ejecución de la sentencia, pues esta ya se ha visto satisfecha con la anulación de la citada convocatoria de 2001.

Sin embargo, desde el despacho de abogados Munguía y Melián, como representantes del farmacéutico demandante (C.B.) al que se le perjudicó en el concurso, recuerdan que "el precedente que se nombra en el auto nada tiene que ver con lo que ahora se solicita, que es la ejecución de la sentencia y la reparación del daño hecho a su cliente, puesto que en caso de 2004 lo que se anuló fue el punto de la convocatoria en el que se decía que se computaran los últimos diez años de actividad, mientras que ahora, el Supremo le reconoce la nulidad de todo el concurso por fallos de forma. Ambas causas no son comparables y no parece lógico que se nos diga que con el mero hecho de declarar la nulidad se ha resuelto todo".

Así las cosas, mientras el TS dictaminó que el concurso farmacéutico celebrado en 2001 debía dejarse sin efecto, el TSJC ha interpretado que con la mera declaración de nulidad se respeta dicho mandato, algo que la parte demandante no comparte.

"Ahora presentaremos un recurso de súplica documentado que la sentencia de 2004 nada tiene que ver con la del pasado 30 de junio, y que, por lo tanto, su ejecución no se puede dar satisfecha con una mera declaración de nulidad, sino que deben haber hechos concretos como la repetición de la convocatoria o reconocer que al demandante se les debe indemnizar por los daños que se le ha causado. Pese a todo, si no se nos da la razón, volveremos a ir al Supremo e incluso al Tribunal Constitucional y a donde sea necesario para que haya un reconocimiento de la situación jurídica en la que se encuentra nuestro representado.". "Va a ser un largo proceso judicial", concluyen Munguía y Melián.

El auto, con fecha de ayer, viene a dar la razón al planteamiento realizado por los servicios jurídicos de la Consejería de Sanidad, ya que en un escrito dirigido a TSJC aseguraba que la sentencia ya se ha ejecutado "con la expulsión del ordenamiento de la comunidad autónoma la orden que regía el citado concurso".

Así, mantienen que al haberse derogado la orden de 17 julio de 2001 por la que se convocaba las bases para el concurso de adjudicación de farmacias se cumple lo dispuesto por la Justicia, no siendo necesaria la anulación del propio concurso en sí, ni de las adjudicaciones que de ahí salieron y ponen en conocimiento del alto tribunal que el 15 de mayo de 2007 la administración aprobó un decreto que dejaba sin efecto el de 2001 y que ya se aplicó durante el concurso celebrado en julio de 2007, por lo que consideran conforme a derecho esa convocatoria que, a su juicio, en nada se debe ver afectada por el litigio que existe con el concurso inmediatamente anterior.