El Círculo de Empresarios y Profesionales de Tenerife (CEST) ha pedido al Gobierno de Canarias que adopte medidas inmediatas que amortigüen el impacto económico y financiero de las empresas, profesionales y autónomos y ha propuesto, entre otras, que se pospongan los pagos de los tributos de competencia autonómica.

A juicio del CEST, la prolongación del estado de alarma hace necesaria la promoción de un marco tributario que contribuya, de forma efectiva, a que empresas y profesionales afronten con garantías jurídicas y opciones financieras el periodo de incertidumbre y las dificultades provocadas por la crisis del Covid-19, ha informado hoy el Círculo de Empresarios en un comunicado de prensa.

Asimismo, como las operaciones de crédito se incrementarán por "fuerza mayor" durante estos meses, el CEST también solicita la exención del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados para las operaciones realizadas entre el 18 de marzo y el 30 de julio.

Además, en el marco de la crisis desatada por el Covid-19, solicitan que se amplíen los plazos para materializar la Reserva de Inversiones (RIC) de 2020 hasta el 30 de julio de 2021, de forma que las empresas puedan hacer frente a los gastos y a la falta de ingresos.

Empresarios y profesionales consideran que la suspensión de actividades y la imposibilidad de vender servicios y productos exigen soluciones tributarias adaptadas a la realidad empresarial y profesional del archipiélago.

Por ello, piden, entre otras medidas, la ampliación de los plazos de presentación y pago de los impuestos referidos al primer trimestre hasta el 20 de julio, la presentación del segundo trimestre del IGIC y del resto de impuestos hasta el 20 de octubre, la presentación y pago del tercer trimestre hasta el 20 de diciembre y el del cuarto trimestre hasta el 20 de febrero de 2021, detalla la nota.

El CEST también ha trasladado a la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos que las autoliquidaciones mensuales del IGIC, por parte de las empresas de mayor dimensión, deben suspenderse hasta que finalice el estado de alarma, ampliándose el periodo de pago o fraccionamiento del resultado de dichas autoliquidaciones sin tener que aportar garantía y sin devengarse intereses de demora.