El Parlamento de Canarias dio ayer luz verde por unanimidad a la extensión de la Prestación Canaria de Inserción (PCI) ante el retraso del Ingreso Mínimo Vital (IMV) estatal, de forma que las familias no se queden desprotegidas en lo que la ayuda nacional se paga. Todos los grupos políticos aprobaron el decreto ley que modifica la PCI para permitir que las familias puedan seguir cobrando la ayuda canaria hasta recibir el Ingreso Mínimo Vital.

La consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias, Noemí Santana, reconoció que los tiempos en la concesión de la ayuda estatal se están dilatando. De hecho, el Ingreso Mínimo Vital ha contado con 75.000 solicitudes en las Islas de las que se han denegado en torno a 12.600 y se han probado solo unas 6.000. "Esta modificación permitirá a las familias que peor lo están pasando en esta situación de crisis social, poder seguir cobrando esta ayuda hasta que reciban el Ingreso Mínimo Vital que concede el Estado", explicó la consejera de Derechos Sociales en su intervención plenaria.

Santana sostiene que aunque el IMV es una herramienta poderosa que, cuando se despliegue en su totalidad, será un cambio sustancial en Canarias, también reconoce que ha tenido dificultades en estos primeros meses para su implantación.

A este respecto, la consejera explicó que Canarias ha impulsado dos medidas: por un lado, aprobar un segundo pago del Ingreso Canario de Emergencia para personas sin ingresos y que ha dado cobertura económica en total a 16.000 familias; y por otro, sacar este decreto ley que facilita la convivencia de las dos prestaciones, la estatal (el IMV) y la PCI, la autonómica, con la que se está llegando llegando a unas 8.000 familias al mes.

El objeto del proyecto de decreto es adaptar esta ayuda al Ingreso Mínimo Vital, estableciendo el carácter complementario de la misma hasta el importe que corresponda percibir a la unidad de convivencia beneficiaria. De esta forma, las familias podrán seguir cobrando la PCI durante el periodo de espera del ingreso de la ayuda estatal, permitiendo, además, que no tengan que devolver las cuantías recibidas de la PCI una vez reciban el Ingreso Mínimo Vital. Para ello, las personas solicitantes de la ayuda canaria tendrán que acreditar que han pedido el IMV con carácter previo, sin tener que esperar a una resolución de la ayuda estatal.

Además, durante el tiempo de espera en que se resuelva el IMV, las personas beneficiarias de la PCI podrán seguir cobrándola. Una vez que la solicitud del ingreso estatal se resuelva, se pueden dar dos situaciones: por un lado, que la resolución del IMV sea positiva, en cuyo caso, la persona recibirá esta ayuda con efecto retroactivo a fecha de su solicitud sin tener que devolver las cuantías recibidas por la renta autonómica. Por otro lado, si la resolución del IMV fuera negativa, la persona beneficiaria deberá comunicarlo a su trabajadora social y podrá continuar percibiendo la PCI.

Asimismo, la modificación incluye otro cambio importante y es que, a efectos de la determinación de recursos de la PCI, no se contabilizarán las pensiones alimenticias, entendiendo estas últimas como un derecho de la infancia que no se puede restar a las familias que requieran los ingresos de la PCI. Hasta ahora si una familia cobraba de PCI unos 500 euros y recibía una pensión alimenticia de 150, esta cantidad se restaba de su prestación, pero ya no será así.