La Audiencia Provincial ha condenado a S. R. M. y a F. I. G., a 18 y 14 meses de prisión y el pago de multas de 2.500 y 1.000 euros, respectivamente, por considerarlos autores de un delito intentado contra la salud pública y, más concretamente, de tráfico de cocaína. Y todo ello, pese a que en el momento de la detención solo portaban un paquete con medio kilo de cafeína. Pero la Sala estima que el hecho de que ellos pensaran que contenía coca es suficiente para determinar su culpabilidad.

La policía sospechaba que ambos se dedicaban a la venta de drogas y, por ello, tras la detención en la calle a finales de 2016, entraron en el domicilio de S. R. M. en Los Realejos. En la casa hallaron 31,3 gramos de cocaína, con un valor aproximado de casi 2.000 euros, otros tres de marihuana, un trozo de hachís y cerca de cinco mil euros.

Los agentes habían establecido un dispositivo de vigilancia entorno a la vivienda al contar con informaciones en el sentido de que S. R. M. se estaba dedicando a la distribución de drogas. Por ello, en una de las ocasiones, cuando observaron que los dos procesados portaban un paquete, pensaron que en el interior había estupefacientes. Pero en realidad únicamente estaba lleno de cafeína. Durante el juicio los acusados aseguraron que su intención era entregar el envoltorio a un tercero del cual nunca revelaron su identidad. Lo que sí admitió S. R. M. es que a cambio iba a recibir entre 3.000 o 4.000 euros y 30 gramos de cocaína. Para la Audiencia ésta es otra prueba de culpabilidad en cuanto que nadie pagaría esa cantidad por transportar una sustancia lícita.

La Sala entiende que se puede hablar de delito desde el momento en el que los imputados tenían la voluntad de delinquir. Y para ello ponen el ejemplo de una persona que dispara un arma para matar pero finalmente no lo puede hacer porque está descargada.

La Audiencia apunta: "No existe duda alguna de que los dos acusados, tal y como declararon durante el juicio, creían que transportaban una sustancia que probablemente era cocaína, cuando realmente no era así". De haberse tratado de esta sustancia habría alcanzado un valor de 5.000 euros. En cuanto a la droga encontrada en el domicilio, se concluye que era para uso propio, dado que no sobrepasa la cantidad de dos gramos diarios que fija la jurisprudencia en el caso de los adictos. El dinero hallado en la vivienda, según S. R. M., tiene su origen en la explotación de máquinas de venta de tabaco, una labor a lo que se dedicaba.