La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) rechazó el recurso presentado por P.A.G.O. contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y de la Audiencia Provincial de Tenerife que lo condenaron a ocho años de cárcel por intentar asesinar a su exesposa mientras atravesaba un paso de cebra en la avenida San Borondón de Fañabé, en Adeje.

El acusado argumentó que solo intentaba gastar "una broma" a su excompañera, tal y como interpretaron algunos de los testigos. Pero el TS ratifica que es autor de un homicidio en tentativa con el agravante de parentesco, a lo que se suma el quebrantamiento en varias ocasiones de la orden de alejamiento. El TS también establece que el procesado no se podrá acercar ni comunicar con su exesposa durante 10 años después de salir de prisión y que en ese tiempo permanecerá bajo libertad vigilada. El intento de atropello tuvo lugar el 25 de mayo de 2016, cuando P.A.G.O. llevó a su hijo a Fañabé y, al observar el coche de su exmujer aparcado en la avenida, estacionó el suyo y esperó hasta que saliera de la casa de unos amigos. Cuando atravesaba un paso de peatones hacia su propio vehículo, el hombre arrancó y aceleró su coche y lo dirigió contra ella para atropellarla. La mujer pudo evitarlo al saltar a la acera y también gracias a un poste de alumbrado. La Sala estima que al embestir de esta manera, el acusado "necesariamente" tenía que saber que podía causar un grave daño a su exesposa o la muerte.