La Comisión Constitucional del Senado ha aprobado hoy varias correcciones técnicas de la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado 23 de diciembre, una de ellas relativa a la prescripción de los delitos de calumnia e injuria.

En concreto, se ha suprimido una de las referencias del artículo 131.1 del Código Penal a la prescripción de las calumnias e injurias, ya que otro párrafo de ese mismo artículo ya especifica que dichos delitos prescriben al año.

Esta corrección, que se limita a subsanar una redundancia, y otras rectificaciones para corregir los errores de redacción detectados en la reforma del Código Penal, ha sido aprobada a través de una enmienda del grupo parlamentario socialista introducida en la proposición de ley que modifica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y la Ley de Partidos Políticos.

Según fuentes del grupo parlamentario socialista, se evita así una contradicción que se recogía en el texto de la reforma ya que aparecían dos referencias diferentes a la prescripción de estos delitos.

De esta forma, el artículo establecerá que los delitos prescriben a los 20 años cuando la pena máxima señalada sea prisión de 15 o más años; a los 15 años, cuando la pena máxima sea de inhabilitación por más de 10 años o prisión por más de 10 y menos de 15 años; a los 10, cuando la pena máxima sea prisión o inhabilitación por más de 5 años y no exceda de 10, y a los 5, los demás delitos, "excepto los de injuria y calumnia, que prescriben al año.