El Juzgado de Instrucción número cuatro de La Laguna ha dictado una sentencia en la que condena a una vecina a una multa de 180 euros por un delito de amenazas leves en su despacho a la concejala de Bienestar Social y Calidad de Vida del Ayuntamiento de La Laguna, Flora Marrero. Así se recoge en un escrito fechado el pasado 11 de febrero -ante el que cabía recurso de apelación durante los cinco días siguientes a su notificación- y al que ha tenido acceso este periódico.

El texto judicial considera probado que el 20 de noviembre de 2018, alrededor de las 14:30 horas, Marrero atendía a una usuaria y trataba de explicarle que no podía darle una ayuda inmediata para pagar el alquiler, cuando la segunda "se alteró", la insultó (la llamó "mentirosa" y "falsa de mierda"), se levantó, dio varios golpes en la mesa y arrojó al suelo unos documentos.

Tras aquel episodio, Flora Marrero decidió llevar a la vecina a los tribunales. Finalmente, la sentencia señala que la declaración de la denunciante fue "convincente" y "quedó corroborada por los testigos", mientras que la demandada reconoció que había dicho a la edil "que era una falsa, pero negó haber proferido amenazas". "Ciertamente no llegó a proferirlas, pero el gritar insultos, yendo hacia su interlocutora dando esos gritos y luego tirar todos los papeles al suelo, supone de por sí una actitud dirigida a crear temor en el destinatario, y en este caso lo consiguió", añade el documento.

Concretamente, la concejala nacionalista declaró en sede judicial que la denunciada le estaba contando que debía tres meses de alquiler de una vivienda social y que quería que se le abonara "de inmediato". "Ella le explicó que se le notificaría a Visocan, pero que lo máximo que se podía hacer era un compromiso de pago", relató, e indicó que la vecina alegó que a otra persona se lo habían pagado unos días antes. La versión de Marrero reflejada en la sentencia también incorpora que, durante el lance, le tiró las gafas y que, además, la usuaria le dijo que era una "sinvergüenza" y que "daba ayudas a quien quería".

El escrito apunta que, valorando la entidad de los hechos y la ausencia de datos sobre la capacidad económica de la demandada -"aunque obviamente, si está residiendo en una vivienda de protección oficial y debía tres meses de alquiler, la situación económica debe ser cuando menos angustiosa", apostilla-, procedía imponerle una pena de dos meses de multa a razón de tres euros, de lo que resulta una cuantía total de 180 euros. También agrega que, en caso de no ser satisfecho el pago por la vía de apremio, se sustituirá por un día de privación de libertad cada dos días de multa con los que no haya cumplido. Asimismo, a la condenada se le impone el abono de las costas procesales.