La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expedientes sancionadores contra cinco empresas por retribuir presuntamente a otras que utilizan los 902 o números de tarifas especiales sin remuneración para las llamadas.

La CNMC ha comunicado que las empresas expedientadas son Digital Virgo, Colt Technology, Eagertech 21, Masvoz y Telecoming, que presuntamente ofertaban a algunas empresas contratar sus números 902 con ellas y les ofrecían, como retribución, parte del cobro de la llamada facturada a los clientes.

Para el organismo regulador, esta actividad supondría una "infracción grave" de la Ley General de Telecomunicaciones por el "incumplimiento de las condiciones determinantes de las atribuciones y el otorgamiento de los derechos de uso de los recursos de numeración, incluidos en los planes de numeración".

Además, la CNMC ha analizado en un informe los problemas que presenta la marcación 902, empleada habitualmente por algunas compañías para ofrecer sus servicios de atención al cliente.

Competencia propone en este informe al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital una serie de modificaciones "para garantizar el cumplimiento" de la normativa vigente y "mejorar la protección" de los usuarios.

De esta forma, considera que "se debería establecer un precio máximo" para las llamadas a los números 902, "limitar" las tarifas minoristas y "modificar la regulación" para controlar que, a través de los 902, no se cobren tarifas superiores que las fijadas por la normativa.

La CNMC llama la atención sobre el coste de estas llamadas cuando se efectúan desde un móvil, pues opina que "se dispara".

No obstante, las consideraciones sobre los 902 no son nuevas por parte de la CNMC.

Así, el organismo regulador recuerda que ya en 2015 instó a equiparar las llamadas del mismo ámbito geográfico e incluirlas en las tarifas planas, tanto en los teléfonos fijos como en los móviles.

También pone de relieve una sentencia sobre el particular del Tribunal europeo, que declaraba ilegales los números de teléfono con tarifas especiales que algunas compañías utilizan para su servicio postventa, así como la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de enero de 2007.

Esta última establece, según rememora la CNMC, que el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor y usuario un coste superior a la tarifa básica.