El joven Iván H.B. fue condenado a la pena de tres años de cárcel y a pagar 27.000 euros por arrancar parte de la oreja de un hombre con un mordisco en los exteriores de una discoteca situada en Adeje. La sentencia, que apunta a la existencia de un delito de lesiones, fue ya ratificada en el Juzgado de Arona, la Audiencia Provincial y ahora por el Tribunal Supremo (TS).

En todos estos ámbitos judiciales se aceptan como hechos probados que sobre las 5:30 horas del día 12 de enero de 2014, cuando la víctima y el agresor se encontraron en las inmediaciones de este local de ocio, se inició una discusión.

En el transcurso de la misma, Iván H.B., que estaba acompañado de otros dos amigos, propinó un empujón al agredido, que cayó al suelo, y, cuando se estaba levantando, se abalanzó sobre él, dándole un fuerte mordisco en la oreja izquierda.

La consecuencia es que le arrancó el tercio medio e inferior de la misma y que comenzase a sangrar abundantemente.

En total, la víctima tardó cien días en curarse, de los que treinta permaneció impedido para desempeñar sus ocupaciones diarias. Aparte del tratamiento médico quirúrgico también le quedaron como secuelas un perjuicio estético importante, deformación significativa del pabellón auditivo o pérdida unilateral, estrés postraumático y trastornos neuróticos.

Ante el Tribunal Supremo, el condenado manifestó que actuó en legítima defensa frente al ataque de quien luego resultaría agredido, al que responsabiliza de haber transformado una disputa verbal en contienda física.

Como prueba, apunta que los forenses detectaron heridas en su cadera, brazos y manos efectuadas por terceras personas y que parecían provenir de un golpe con el bordillo de la acera.

Por contra, señaló que la víctima solamente presentó los efectos de la mordedura, a la vez que se descarta cualquier tipo de golpes, luxaciones o erosiones.

"De todo ello se desprende una duda más que razonable de cómo sucedieron los hechos", según se expuso en el escrito del recurso que resultó inadmitido por el Tribunal Supremo. En su momento permanecieron como coimputados los dos amigos del condenado, quienes finalmente resultaron absueltos.