La Audiencia de Málaga ha condenado a ocho meses de prisión a un hombre por maltratar a una ex pareja, aunque lo absuelve de los delitos de detención ilegal, quebrantamiento de condena y delito contra la integridad moral por los que era acusado. Además, se le impone dos años y cinco meses de alejamiento de la víctima.

Los hechos declarados probados ocurrieron el 6 de enero de 2009 cuando el acusado y la víctima fueron a una finca propiedad de los padres de éste, en Iznate (Málaga), donde permanecieron dos días. Aunque no puede concretarse el momento exacto, en ese tiempo ambos mantuvieron diversas discusiones y en una de ellas el procesado agredió a la mujer.

La víctima sufrió, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, lesiones en varias partes del cuerpo de las que curó en seis días. El acusado sufría entonces un trastorno mental del comportamiento que limitaba sus capacidades cognitivas y volitivas en relación con los hechos imputados, estimándose una atenuante.

La Sala estima probada esta agresión y se basa en la declaración de la víctima, que "ofreció un relato congruente y persistente, dando la misma versión tanto en la policía como ante el juez de instrucción como después en el plenario", rechazando la versión del hombre de que se lesionó en un forcejeo entre ambos.

No obstante, le absuelve del delito de quebrantamiento de condena, porque estima que no consta aportada la resolución que presuntamente incumplió ni que éste tuviera conocimiento de la misma; así como del delito de detención ilegal, al entender que la mujer acudió y permaneció en la finca de forma voluntaria.

Respecto al delito contra la integridad moral, aunque existe un "padecimiento físico" se estima que no ha quedado suficientemente acreditado "que dicho comportamiento sea degradable o humillante de una manera especialmente grave que menoscabe de forma extrema la dignidad de la víctima".

Además de la pena de prisión y la prohibición de acercarse a menos de 300 metros o comunicar con la mujer, el Tribunal impone al acusado la privación del derecho a tener armas durante un año y seis meses y le condena el pago de una indemnización a la víctima de 210 euros por las lesiones.